Para los autónomos existen dos métodos para calcular el importe que pagará a Hacienda cada trimestre en concepto de IRPF. Estimación directa y estimación objetiva (módulos). Según el régimen que hayamos escogido al darnos de alta como autónomos, determinaremos la forma en la que vamos a declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
A continuación explicaremos en qué consiste cada uno de estos regímenes y qué deberemos tener en cuenta para escoger un régimen u otro. Pero primero vamos a aclarar unas cuestiones previas.
Desde el punto de vista fiscal, los autónomos tributan por sus rentas empresariales a través del IRPF. A diferencia de las personas jurídicas (sociedades) que tributan por sus beneficios a través del Impuesto de Sociedades.
Los rendimientos de las actividades empresariales en el IRPF pueden determinarse por dos modalidades de tributación diferentes:
- Estimación directa.
- Normal.
- Simplificada.
- Estimación objetiva o módulos.
Los negocios cuyos epígrafes de actividad estén dentro de los que se incluyen en la tributación por estimación objetiva adoptan este sistema por defecto. Sin embargo, los autónomos que decidan, voluntariamente, no acogerse a este régimen deberán manifestar su renuncia a la Agencia Tributaria.
Esta posibilidad solo existe para ciertas actividades económicas, pudiendo elegir entre estimación directa u objetiva. Será una decisión importante, ya que si un autónomo renuncia a la estimación directa, no podrá cambiarse de nuevo hasta pasados tres años. Por ello es fundamental que tengamos claros ambos sistemas de tributación y qué beneficios tienen.
¿Qué es el régimen de estimación directa?
En este régimen de estimación directa pagaremos en función de lo que hayamos facturado a lo largo del año.
Esta modalidad implica calcular el beneficio real obtenido en la actividad. Para ello se establece el volumen total de ingresos y se descuentan los gastos deducibles. A la cantidad que resulte, deberemos aplicarle el impuesto correspondiente. Por tanto, siempre variará pero lo hará en función de datos reales de ingresos y gastos.
La estimación directa puede ser de dos tipos: normal y simplificada. Ambos tienen los mismos objetivos pero la diferencia está, fundamentalmente, en el importe neto de la cifra de negocio. En la estimación directa simplificada no se podrá superar los 600.000 euros y en la estimación directa normal, se deberá superar esta cifra. Por lógica, la mayoría de los pequeños negocios, tributarán por el régimen de estimación directa simplificada.
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Empieza gratis¿Qué es el régimen de estimación objetiva o por módulos?
Se trata de un régimen de tributación simplificado. Esta es, precisamente, una de las razones por las cuales muchos autónomos deciden acogerse al régimen de estimación objetiva, más conocido como módulos.
El rendimiento neto de la actividad se calcula en base a unos parámetros objetivos o módulos fijados por Hacienda para cada actividad según sus características y el sector al que pertenece. Por lo tanto, antes de iniciar la actividad, el autónomo ya sabrá lo que tiene que pagar.
Para acogerse a este régimen se deben cumplir una serie de requisitos
- Las actividades económicas a desarrollar deberán estar incluidas en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda que desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF. Aquí os dejamos un enlace a las actividades que están incluidas en el régimen de estimación objetiva.
- Volumen de ingresos. El conjunto de las actividades no podrá superar los 450.000 euros de ingresos anuales o 300.000 euros para actividades ganaderas y agrícolas.
- Volumen de compras, sin incluir inversiones, que no supere los 300.000 euros.
- No haber renunciado ni estén excluidos del régimen simplificado del IVA o del especial de la agricultura.
- No realizar otras actividades que tributen en estimación directa.
- La Orden Ministerial en su artículo 3, apartado f, establece otras magnitudes excluyentes como el número de empleados.
De este modo, si se supera cualquiera de los límites aquí establecidos, por ejemplo el número de personas empleadas, se deberá tributar en el régimen de estimación directa normal o simplificada.
¿Cuál es la diferencia entre estimación objetiva y directa?
En el régimen de estimación objetiva o módulos, la Agencia Tributaria hace una estimación objetiva de tus ingresos a través de unas variables para las empresas de tu sector. Por su parte, en la estimación directa pagas en función de tus ingresos reales.
Por lo tanto, la diferencia fundamental es la forma de calcular el rendimiento obtenido por el negocio que será la base para determinar los impuestos que tendrás que pagar a Hacienda.
¿Cuál elegir, la estimación directa o por módulos?
Antes de escoger el régimen por módulos deberemos tener claro cuál es la cuota que nos tocará pagar para saber si nos beneficia más elegir este régimen o el de estimación directa. Si no tienes ninguna previsión de cómo va a ir tu negocio, lo más beneficioso para ti será acogerte al régimen de estimación directa ya que pagarás el IRPF en función de tus beneficios. Si eliges módulos, deberás pagar la misma cantidad independientemente de tus ingresos.
Es importante recordar aquí que si estás en el régimen de estimación directa deberás presentar trimestralmente el modelo 130. Y si estás en régimen de estimación objetiva, el modelo 131. Holded es una herramienta de facturación online que te rellena los modelos tributarios automáticamente.
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1 comentario en «Régimen de estimación del IRPF: ¿Cuál elegir, la directa o por módulos?»