Muchos emprendedores tenemos pesadillas con la Agencia Tributaria. Y es que no es difícil caer en una infracción tributaria. Todos los días se dan casos por falta de conocimiento, descuidos o una mala organización. Luego, claro, recibimos una notificación de Hacienda y entramos en pánico. Vamos a ver cuáles son las infracciones tributarias más frecuentes y así sabremos cómo evitarlas.
¿Qué es una infracción tributaria?
Según la Ley General Tributaria, una infracción tributaria es la violación de las normas tributarias como consecuencia de una acción u omisión en las que se percibe existencia de culpabilidad.
Lógicamente, estas infracciones vienen acompañadas de la correspondiente sanción, que suele ser en forma de multa económica. Aunque, en los casos más graves, la sanción puede suponer la suspensión del ejercicio de la profesión o el cierre del establecimiento por un plazo de entre 3 a 12 meses.
Pero no todas estas infracciones tienen el mismo peso. Existen tres grados:
- Leves.
- Graves.
- Muy graves.
Y cada tipo conlleva una sanción diferente.
¿Cómo se clasifican las infracciones tributarias?
Para determinar si una infracción es leve, grave o muy grave, la Agencia Tributaria tiene en cuenta cuáles son los principales motivos detectados:
1. Ocultación de datos: cuando no se presentan declaraciones o las presentadas incluyen hechos u operaciones inexistentes con importes falsos.
2. Utilización de medios fraudulentos: incluye:
-
Anomalías en la contabilidad y libros de registro: se establecen sanciones por llevar los libros de contabilidad de forma incorrecta.
- Infracción muy grave cuando la incidencia de los errores repercuta en un porcentaje superior al 50% de la base de la sanción.
- Infracción grave cuando la incidencia esté entre el 10% y 50%.
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Empleo de facturas, justificantes u otros documentos falsos o falseados:
- Infracción muy grave cuando la incidencia de estos documentos sea superior al 10% de la base de la sanción.
- Infracción grave cuando la incidencia sea menor del 10%.
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Utilización de personas interpuestas: se da cuando el infractor hace figurar a un tercero en la titularidad de unos bienes, obtención de rentas, etc. Siempre con la intención de ocultar su verdadera identidad, ya sea con el consentimiento del tercero o sin ella.
- Infracción muy grave: siempre que se dé esta causa, sea cual sea el porcentaje de la incidencia en la sanción.
Infracciones tributarias más frecuentes, clasificación y sanción
1. Infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria resultado de una autoliquidación
Esta infracción no tiene lugar cuando el obligado regularice su situación tributaria sin requerimiento previo o presente la autoliquidación en plazo voluntario pero sin ingreso, pues en este último caso se inicia el periodo ejecutivo.
La clasificación de las infracciones dependerá de la cantidad no ingresada:
Infracción leve:
- La base de la sanción no supera lo 3.000 euros, exista o no ocultación
- La base de la sanción supera los 3.000 euros pero no existe ocultación.
Sanción: multa económica proporcional del 50%.
Infracción grave:
- La base de la sanción supera los 3.000 euros y existe ocultación.
- Se hayan utilizado facturas, justificantes u otros documentos falsos o falseados, sin que sea constitutivo de medio fraudulento.
- La incidencia de las anomalías en la contabilidad y libros de registro está entre el 10 y el 50% de la base de la sanción.
- Se dejen de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta repercutidos, cuando dichas cantidades no superen el 50% de la base de la sanción.
Sanción: multa económica proporcional del 50% al 100%, que variará dependiendo de el número de veces que el sancionado ha cometido una infracción y del perjuicio económico para la Hacienda Pública.
Infracción muy grave:
- Siempre que se utilicen medios fraudulentos.
- Se dejen de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta repercutidos, cuando dichas cantidades superen el 50% de la base de la sanción.
Sanción: multa económica proporcional del 100% al 150%, que variará dependiendo de el número de veces que el sancionado ha cometido una infracción y del perjuicio económico para la Hacienda Pública.
2. Infracción tributaria por incumplir la obligación de presentar las declaraciones o documentos necesarios para practicar liquidaciones
Este tipo de infracción se aplica a los casos en que, en vez de autoliquidación, el obligado debe presentar declaración y es la Administración la que liquida (por ejemplo en el impuesto sobre sucesiones). La calificación como leve, grave y muy grave y las sanciones son las mismas que las del apartado anterior referido a las autoliquidaciones.
3. Infracción tributaria por obtener indebidamente devoluciones
Cuando se han obtenido de forma ilícita devoluciones. La calificación como leve, grave y muy grave y las sanciones son las mismas que para las dos anteriores.
4. Infracción tributaria por solicitar indebidamente devoluciones, beneficios o incentivos fiscales
Infracción grave:
La infracción se produce por la solicitud indebida de devoluciones mediante la omisión de datos relevantes o la inclusión de datos falsos en autoliquidaciones, aunque no se haya obtenido devolución, beneficio o incentivo.
Sanción: multa económica propocional del 15%.
Infracción grave
Se produce infracción por solicitar indebidamente beneficios o incentivos fiscales mediante la omisión de datos relevantes o la inclusión de datos falsos.
Sanción: multa económica fija de 300 euros.
Estas son las 4 infracciones tributarias más comunes pero la Agencia Tributaria tipifica hasta 16 tipos que, a su vez, clasifica en leves, graves y muy graves. Si te interesa conocerlas todas, te recomendamos que accedas directamente a la Ley que puedes descargar directamente desde el siguiente enlace: Ley General Tributaria y sus reglamentos.
El procedimiento para la imposición de las sanciones siempre comienza con un requerimiento de la Agencia Tributaria. Aquí te dejamos un artículo para que sepas cómo actuar en caso de recibir un requerimiento de Hacienda.
¿Cómo evitar cometer infracciones tributarias?
Queda claro que el desconocimiento de la normativa fiscal no exime de su cumplimiento. Así que o bien te aprendes la ley de principio a fin o contratas a un asesor en material fiscal. De este modo te aseguras que cumples con la normativa y, al mismo tiempo, te ayudará a minimizar las cargas fiscales.
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