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Novedades de la campaña de la Renta 2023

Novedades de la campaña de la renta 2023 y principales deducciones estatales y autonómicas.

Alejandro Rubio Hernández

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Estamos en plena campaña de la Renta. No te preocupes si aún no has presentado la tuya, puedes hacerlo hasta el 1 de julio de 2024, ¿Ya has consultado el borrador? Una vez lo tengas completo puedes presentarlo a través del modelo 100 de la AEAT.

Te contamos cuáles son las principales deducciones estatales y autonómicas que podrías aplicarte y las novedades de la campaña de este año.

Alejandro Rubio Hernández es asesor fiscal en Instalservice, una asesoría con más de 25 años de experiencia en gestión económica y financiera.

Deducciones y cambios de la declaración

Antes de aceptar el borrador es importante que tengas en cuenta algunas novedades de la campaña de la Renta de este año. Te pueden interesar los cambios en las deducciones fiscales, los nuevos incentivos para fomentar la inversión en energías renovables o la adopción de medidas de eficiencia energética en los hogares. Te damos algunos puntos clave:

  • Los contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 15.000 euros cuando tengan dos pagadores están obligados a realizar la presentación (en 2022 el límite eran 14.000 euros). Además, recuerda que los contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros, cuando tengan un solo pagador, también están obligados a presentar la declaración. 

  •  Aquellas personas que reciban  el ingreso mínimo vital están obligadas a presentar la declaración, aunque esto no significa que tengan que tributar por esta renta recibida. 

  •  Todas las personas autónomas están obligadas a presentar la declaración de la Renta, con independencia de sus ingresos. Hasta ahora, solo existía obligación cuando el rendimiento de las actividades superaba los 1.000 euros. Esto incluye incluso a los autónomos que hayan estado tan solo un día dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante el 2023. 

  • Todas las personas autónomas en régimen de estimación directa simplificada han visto incrementada la reducción por gastos deducibles de difícil justificación al 7% (en lugar del 5%). En todo caso, se ha mantenido el límite máximo de 2.000 euros anuales. 
Situación Notas y cambios
Rentas del trabajo superiores a 15.000 euros con dos pagadores En 2022 el límite era 14.000 euros
Perceptores del ingreso mínimo vital No necesariamente implica tributar por esta renta
Autónomos En 2022 solo existía obligación cuando el rendimiento de las actividades superaba los 1.000 euros.
Autónomos en régimen de estimación directa simplificada Reducción por gastos deducibles de difícil justificación aumentada al 7% (máximo 2.000 euros anuales). En 2022 era un 5%
Tabla resumen de las deducciones disponibles para contribuyentes según su situación y tipo de gasto realizado
  •  Se extiende a más contribuyentes la deducción por maternidad. En años anteriores, solo las madres trabajadoras se podían aplicar la deducción por maternidad de 1.200 euros por cada hijo menor de 3 años. A partir del 2023, la deducción se extiende también a las madres que, en el momento del nacimiento, estuvieran percibiendo prestaciones por desempleo o estuvieran dadas de alta con un período mínimo de 30 días cotizados
    • Además, las mujeres con derecho a percibir esta deducción, podrán deducirse hasta 1.000 euros adicionales por los gastos de guardería o educación infantil por cada hijo menor de tres años (la reciente Sentencia del Tribunal Supremo, número 7/2024, extiende la deducción a todos los centros, aunque no cuenten con la acreditación como centro educativo infantil).
novedades-renta-2023
  •  Deducción del 15% del valor de compra del vehículo eléctrico nuevo, sobre una base máxima de 20.000 euros y no afecto a actividades económicas. El vehículo se debe de haber adquirido a partir del 30 de junio de 2023 para tener derecho a la deducción.
  • Deducción del 15% por las cantidades satisfechas por instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, sobre una base máxima de 4.000 euros.
  • Deducción por obras de mejoras en la eficiencia energética en viviendas. Se trata de un incentivo temporal al que te puedes acoger si se cumplen los requisitos y se ha expedido un certificado de eficiencia energética emitido en 2023 después de las obras. Las deducciones varían del 20% al 60% en función de los requisitos que se vayan cumpliendo o de las mejoras realizadas. 
Situación Deducción Aplicable Notas
Madres trabajadoras, desempleadas con prestación, o con al menos 30 días cotizados al momento del nacimiento Deducción por maternidad de 1.200 euros por cada hijo menor de 3 años Extensión a más contribuyentes a partir de 2023
Gastos de guardería o educación infantil por cada hijo menor de 3 años Hasta 1.000 euros adicionales Aplicable a todos los centros, aunque no cuenten con acreditación como centro educativo infantil
Compra de vehículo eléctrico nuevo 15% del valor de compra sobre una base máxima de 20.000 euros Vehículo adquirido a partir del 30 de junio de 2023
Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos 15% sobre una base máxima de 4.000 euros
Obras de mejoras en la eficiencia energética en viviendas 20% al 60% según requisitos y mejoras Requiere certificado de eficiencia energética emitido en 2023 después de las obras
  • Límites de aportaciones deducibles a planes de pensiones. Se mantiene el límite deducible de 1.500 euros por aportaciones a planes de pensiones individuales. Se incrementahasta los 8.500 euros, siempre que estas aportaciones provengan de contribuciones empresariales a planes de pensiones empresariales, o cuando estas aportaciones sean realizadas por el trabajador a este mismo plan de pensiones empresarial (siguiendo ciertos requisitos).
  • Se incrementa la deducción por donativos a entidades sin ánimo de lucro, un 80% para los primeros 150 euros y un 35% para el resto en caso de que el año anterior se hubiera donado a la misma entidad se incrementa al 40%. Como comentario adicional, para la renta del 2024 ya se ha aprobado un nuevo incremento en la deducción, que se eleva a un 80% para los primeros 250 euros y un 40% para el resto (45% en caso de concurrencia). 
  • Incremento de los tipos de gravamen de la base imponible del ahorro (intereses, dividendos, venta de acciones…) para las rentas más altas. Para rendimientos entre 200.000 y 300.000 euros sube el tipo impositivo al 27% (antes 26%), y para las rentas superiores a 300.000 euros sube el tipo al 28% (antes 26%).
Situación Deducción Aplicable Notas
Aportaciones a planes de pensiones individuales Hasta 1.500 euros deducibles
Aportaciones a planes de pensiones empresariales (contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador) Hasta 8.500 euros deducibles Deben seguir ciertos requisitos
Donativos a entidades sin ánimo de lucro 80% para los primeros 150 euros, 35% para el resto (40% si se donó el año anterior)
Base imponible del ahorro (intereses, dividendos, venta de acciones) entre 200.000 y 300.000 euros Tipo impositivo del 27% Anteriormente 26%
Base imponible del ahorro (intereses, dividendos, venta de acciones) superior a 300.000 euros Tipo impositivo del 28% Anteriormente 26%
  • La Ley 22/2022, también conocida por Ley de “Startups”, introduce tres principales novedades: 
    • Aumenta la deducción por inversión en empresas de nueva creación al 50% de las cantidades satisfechas (por la suscripción de las acciones o participaciones). La base máxima igualmente se incrementa a 100.000 euros. Por lo que el importe máximo de la deducción es de 50.000 euros (50% por 100.000 euros).
    • Exención de las entregas de acciones o participaciones a trabajadores de la empresa emergente o “Startups” donde estén trabajando, si son entregadas de forma gratuita o con precio inferior al mercado, con un tope máximo de 50.000 euros.
    • Mejoras respecto a los requisitos de acogimiento al régimen especial de impatriados. Puedes acogerte a este régimen si no has sido residente fiscal en España durante los 5 períodos impositivos anteriores (antes eran 10 periodos). También podrán acogerse nómadas digitales y administradores de empresas, aunque superen el 25% de participación en el capital empresarial. Además, podrán beneficiarse tanto cónyuges como hijos menores de 25 años que acompañen en su desplazamiento al contribuyente que aplique este régimen. 

Exención por trabajos realizados en el extranjero.

Una de las exenciones más interesantes a aplicar en el IRPF es por los rendimientos laborales obtenidos en el extranjero. Repasemos cuando la puedes aplicar:

  • Están exentos los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero, hasta el importe máximo de 60.100 euros anuales. Esto quiere decir que a partir de esta cantidad sí que debes tributar por los rendimientos obtenidos. Para la aplicación de la exención, tienen que concurrir los siguientes requisitos: 
    • Que el trabajador tenga su residencia habitual en España y, por tanto, sea residente fiscal a efectos del IRPF.
    • Que los trabajos realizados se hayan desarrollado realmente en el extranjero y para una empresa no residente en España. Es decir,  que la empresa debe ser extranjera (no que sea la propia empresa española la que desplaza al trabajador). Si bien, sí será posible acordar el desplazamiento del trabajador a un centro de trabajo en el extranjero de la propia empresa, incluso se podrán seguir realizando trabajos para la empresa con sede en España, siempre y cuando también se presten servicios a la otra empresa en el extranjero.
    • Que en el territorio en el que se realiza el trabajo, exista un impuesto de la misma naturaleza que el IRPF, y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal. 
  • Aunque no existe un límite temporal para la prestación de los servicios laborales en el extranjero, no debe perderse la condición de residente fiscal en España. 
  • Debe de existir un desplazamiento físico a otro país y que su lugar de trabajo se fije fuera de España (de forma temporal).
Requisito Condiciones
Importe Máximo Exento Hasta 60.100 euros anuales de rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero.
Residencia El trabajador debe tener su residencia habitual en España y ser residente fiscal a efectos del IRPF.
Lugar de Trabajo y Empresa Los trabajos deben realizarse realmente en el extranjero para una empresa no residente en España. La empresa puede ser extranjera o un centro de trabajo en el extranjero de una empresa española.
Impuesto Equivalente En el territorio donde se realiza el trabajo debe existir un impuesto de la misma naturaleza que el IRPF y no debe ser un paraíso fiscal.
Desplazamiento Físico Debe existir un desplazamiento físico a otro país, y el lugar de trabajo debe fijarse fuera de España de forma temporal.
Límite Temporal No existe un límite temporal específico para la prestación de servicios en el extranjero, pero el trabajador no debe perder la condición de residente fiscal en España.

En resumen, la campaña de la Renta 2023 tiene una serie de cambios y novedades significativas que debes tener en cuenta antes de presentar tu declaración. Desde modificaciones en las deducciones fiscales y nuevos incentivos para fomentar la inversión en energías renovables, hasta cambios en los umbrales de ingresos y obligaciones para autónomos, esta campaña busca adaptarse a las nuevas realidades económicas y sociales. 

Además, se han introducido mejoras en la deducción por maternidad y por la compra e instalación de equipos relacionados con vehículos eléctricos. Es importante conocer estas novedades para aprovechar al máximo los beneficios fiscales y cumplir con tus obligaciones tributarias.

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