El modelo 303 es el documento a través del cual se realiza la autoliquidación del IVA de forma mensual o trimestral y su presentación es obligatoria para sociedades y trabajadores por cuenta propia.
Modelo 303
El Impuesto sobre el Valor Añadido es un tributo indirecto que grava el consumo. El empresario actúa como un intermediario entre la Agencia Tributaria y el consumidor final, que es quien finalmente paga el impuesto. Por ello, el empresario debe realizar una declaración de IVA cada trimestre donde indica el IVA repercutido y el soportado. Si el IVA soportado ha sido mayor que el repercutido, será la AEAT quien devuelva esa cantidad al empresario. Mientras que si el IVA soportado ha sido menor que el repercutido, será la empresa quien deberá abonar la cantidad a la Agencia Tributaria.
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¿Quién debe presentar el modelo 303?
Los empresarios que coticen en el régimen general y las sociedades mercantiles.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 303?
Están obligados a presentar el modelo los autónomos, profesionales y sociedades que realicen actividades económicas para las que sea de aplicación el régimen general o en régimen simplificado de IVA.
Aunque no tengas actividad durante un trimestre, debes presentar el modelo 303 igualmente.
Declaración mensual
- Del 1 al 20 del mes siguiente al de la declaración.
- La autoliquidación del mes de diciembre se presentará del 1 al 30 de enero.
Declaración trimestral
- Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
- Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
- Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
- Cuarto trimestre: Del 1 al 30 de enero, ambos inclusive.
Cuando los días de final del plazo sean sábado, domingo o festivo el plazo se ampliará hasta el siguiente día hábil.
Ten en cuenta que si quieres domiciliar el pago, el plazo terminará 5 días antes de las fechas anteriores.
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Descubre cómo¿Cómo se presenta el modelo 303?
En papel
Si deseas imprimir el modelo para presentarlo en papel, deberás descargarlo desde la página web de la Agencia Tributaria.
Elige si tributas por el régimen general o por el régimen simplificado y luego rellena los datos de identificación. El formulario te permitirá generar un pdf para su presentación en papel.
Rellena el modelo y acude a tu banco con una copia. Allí podrás realizar el cargo en la cuenta bancaria del importe que te corresponda.
De forma electrónica
En este caso también tendrás que acceder al modelo 303 de la Agencia Tributaria y elegir el régimen de tributación, general o simplificado. Podrás presentar utilizando el certificado electrónico correspondiente, el DNI electrónico o la cl@ve PIN.
¿Qué información necesito para rellenar el modelo 303?
En primer lugar, asegúrate de tener ordenada toda tu actividad económica, todos los gastos e ingresos que hayas tenido durante el trimestre. Para ello necesitas recopilar todas las facturas (olvídate de los tickets o facturas simplificadas ya que no sirven para desgravar).
Diferencias entre una factura completa y una factura simplificada.
Esta información deberá seguir una serie de pautas:
- Separar la base imposible y el IVA aplicado.
- Separa según el tipo impositivo: IVA del 4%, 10% o 21%.
- Separar según la procedencia de la factura: compra nacional, intracomunitaria o extracomunitaria.
- Separar según el tipo de gasto: gasto corriente o bien de inversión. Los gastos corrientes son aquellos que consumiremos en menos de un años. Por su parte, los activos pueden durar más de un año (maquinaria, informática, material laboral, etc.) y podrán ser considerados gastos si el importe es menor de 600 €.
Novedades 2021: nuevas casillas de cuotas a compensar
Desde la Agencia Tributaria han realizado varios cambios en el modelo 303 para el ejercicio de 2021, centrados en las secciones de resultado e identificación. También han modificado el diseño para hacerlo más visual y evitar, según apunta la propia AEAT, errores que se repetían al rellenar el documento y podían generar supuesto de sobrecompensación.
Resultado
Entre las modificaciones introducidas en el apartado de resultado, se sustituye la casilla 67, que hasta ahora mostraba las cuotas pendientes de compensación aplicadas en la autoliquidación, por tres nuevas casillas: 110, 78 y 87. Estas servirán para indicar las cuotas a compensar del periodo en curso y las que quedan pendientes para periodos posteriores. Lo que facilitará saber en cada momento los saldos aplicados y pendientes.
Casilla 110
Su cometido es consignar el importe de las cuotas a compensar pendientes que procedan de períodos anteriores. Si el sujeto pasivo tributa conjuntamente a varias Administraciones, solo consignará en esta casilla el saldo a compensar ante la Administración del Estado.
Casilla 78
Se utilizará para consignar el importe de las cuotas a compensar pendientes procedentes de períodos anteriores que se apliquen en el periodo objeto de la autoliquidación. El contenido de esta casilla es equivalente al de la antigua casilla 67.
Casilla 87
Aquí se reflejarán las cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores. El importe de esta casilla debe ser igual a la diferencia entre el importe consignado en la casilla 110 y el de la casilla 78. Hay que tener en cuenta que en ningún caso se incluirá la cantidad a compensar en períodos posteriores que se haya generado en el periodo objeto de la autoliquidación.
Desde la AEAT advierten que el resultado de la autoliquidación no podrá ser a compensar, si se ha completado la casilla 78. Es decir, si se han aplicado cuotas pendientes de compensación generadas en períodos anteriores a la autoliquidación que se esté presentando.
Además, se renombra la casilla 93 del apartado que se debe cumplimentar exclusivamente en el último periodo de liquidación por quienes no estén obligados a realizar la ‘declaración-resumen’ anual del IVA. Esto es así para que el resultado coincida con el de la casilla 59 del apartado de información adicional.
A partir del segundo trimestre de 2021, las autoliquidaciones presentadas a través del modelo 303 que no cumplan la validación anterior generarán error en la presentación, no admitiéndose la misma hasta que cumpla correctamente con la validación descrita.
Identificación
En el apartado de identificación, se pasa del formato de preguntas a uno de selección. Es decir, ya no se tendrá que marcar una de las dos casillas (SÍ o NO), ahora se ha establecido una única casilla que se marcará en caso afirmativo o se dejará en blanco, en caso negativo. También se han adaptado al nuevo diseño la denominación de las casillas.
Recuerda que solo podrás desgravar aquellos gastos relacionados con tu actividad.
Si tienes alguna duda sobre que gastos puedes deducir en tu IVA, en los siguientes artículos encontrarás información relacionada para aclarar tus preguntas:
2 comentarios en «Modelo 303, instrucciones para rellenarlo»