Una baja laboral puede convertirse en un momento de verdadera incertidumbre tanto para el trabajador como para la empresa. Al fin y al cabo, suele ser consecuencia de un momento dificultoso para el propio empleado, así que es normal desear que todo transcurra de la mejor forma posible.
Pero, como suele ocurrir en los momentos dificultosos, hay muchos parámetros a tener en cuenta: legales, administrativos y también morales. Es precisamente por ello por lo que en este artículo vamos a explicarlo todo sobre los diferentes tipos de baja laboral y cómo gestionarlas. Para que no exista duda alguna durante todo el proceso.
Conceptos previos
Antes de entrar en materia, sin embargo, es necesario establecer una base de conceptos legales previos sin los que es prácticamente imposible entender la baja laboral. Empecemos por lo fundamental, que no es otra cosa que apuntar que este término está definido por el Real Decreto 8/2015 de la Ley General de la Seguridad Social.
En este texto se contemplan diferentes conceptos que hay que definir de la forma más correcta posible. Empezando por el “accidente de trabajo”, que a efectos legales se considera cualquier tipo de lesión física sufrida por un empleado a consecuencia de un trabajo realizado por cuenta ajena.
De forma paralela, la “enfermedad profesional” queda definida como cualquier tipo de enfermedad que un empleado contraiga a consecuencia de un trabajo realizado por cuenta ajena. Estas enfermedades, por otra parte, han de figurar en un cuadro totalmente establecido por la mencionada Ley General. La definición que acabamos de ver, por su parte, establece una diferencia fundamental entre “enfermedad profesional” y “enfermedad común”, que es toda aquella alteración de salud que no se considere ni accidente de trabajo ni enfermedad profesional.
Esto nos lleva hacia el último (pero no menos importante) concepto imprescindible para entender la baja. Y no es otro que la incapacidad temporal, que puede darse por dos motivos primordiales:
- Incapacidad temporal provocada por una enfermedad común, una enfermedad profesional o un accidente (profesional o no). Este tipo de incapacidad implica que el trabajador ha de recibir asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social, que es el organismo que decide si este está impedido para asistir al trabajo o no.
- Período de observación por enfermedad profesional, en los que se prescribe también una baja laboral incapacitante.
La baja laboral
Ya hemos sentado las bases… Así que, ahora, a partir de estos cimientos, empecemos a construir una comprensión plena de la baja laboral y todos los entresijos en su interior.
¿Qué es la baja laboral?
Así que ataquemos directamente al corazón de esta cuestión y preguntemos: ¿qué es exactamente una baja laboral? Con este nombre conocemos el tiempo que un empleado que no puede llevar a cabo su actividad profesional por culpa de alguna cuestión de salud (física o psíquica) necesita para recuperar su salud y, por lo tanto, no acude a su puesto de trabajo.
La primera y obvia puntualización es que una baja laboral, sin embargo, no se refiere a cuando un empleado falta al trabajo por causa de su salud, sino cuando un médico certifica su incapacidad temporal de forma oficial. Lo que significa que, sin el pertinente volante del médico, no se considera baja… sino absentismo laboral puro y duro.
El segundo rasgo característico de este tipo de baja es que, como resulta totalmente comprensible, el trabajador no será privado de su sueldo durante el tiempo que necesite para recuperarse. Existe una prestación por incapacidad temporal que se encargará de que el empleado siga percibiendo su sueldo (o, más bien, parte de este).
¿Qué tipos existen?
¿Significa lo que hemos dicho que todas las bajas laborales son exactamente iguales? Para nada. De hecho, puede afirmarse perfectamente que las bajas se dividen en dos grupos de diferente naturaleza. Y que es su origen el que determina el tipo de baja…
- Bajas por Contingencias Comunes. Es el tipo de baja que se da cuando el empleado se ve incapacitado por una enfermedad común totalmente ajena a su actividad profesional o por un accidente que no haya ocurrido mientras desarrollaba su trabajo. Estamos hablando, por ejemplo, de la típica gripe, de un ataque de alergia estacional o de una luxación de muñeca en el gimnasio: todos ellos ejemplos de circunstancias ajenas al trabajador que, sin embargo, le impiden llevar a cabo su actividad habitual.
- Bajas por Contingencias Profesionales. Es el tipo de baja que se deriva de forma directa una enfermedad o accidente relacionados con la actividad profesional del empleado. Puede haber sido un accidente mientras desarrollaba su trabajo o una enfermedad relacionada directamente con su empleo. Por poner un ejemplo: el síndrome de túnel carpiano tan habitual en aquellos que se pasan todas las horas de su trabajo escribiendo en un ordenador.
¿Te estás preguntando qué ocurre entonces con la excedencia laboral? Pues, básicamente, que no es un tipo de baja laboral. Es más bien una decisión puramente voluntaria en la que el empleado opta por cesar su relación con la empresa durante un tiempo concreto por motivos personales (y cumpliendo unos requisitos fundamentales).
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Empieza gratis¿Cuánto se cobra estando de baja laboral?
Más arriba ya hemos apuntado que estar de baja implica percibir una paga por incapacidad. Pero lo más natural será que te preguntes: ¿y de cuánto dinero estamos hablando exactamente? Eso dependerá, a su vez, del tipo de baja laboral que hayamos tramitado…
- Baja por Contingencias Comunes. En este caso, debe quedar claro que el empleado de baja no cobrará nada durante los tres primeros días, que se consideran algo así como un período refractario. Desde el cuarto día hasta el día número 15, la baja debe ser asumida por la empresa, que pagará el 60% de la base de la cotización que el trabajador haya percibido en el mes anterior. Entre los días 16 y 21, la baja corre a cargo de la Mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que también asumirá el 60% de la base de la cotización. A partir del día 21, sin embargo, la baja seguirá corriendo a cargo de la Mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, pero la cantidad abonada ascenderá al 75% de la base de cotización del trabajador.
- Baja por Contingencias Profesionales. En este caso, al tratarse de una baja laboral directamente relacionada con la actividad profesional del trabajador, la Mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad se encargará de pagar el 75% de su base de cotización desde el día siguiente al que se apruebe la baja médica.
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Cómo gestionar la baja laboral
Antes de tramitar cualquier tipo de petición, el trabajador deberá tener en cuenta que es necesario cumplir ciertos requisitos para optar a una baja laboral. Y estos requisitos son los siguientes:
- Debe estar dado de alta o afiliado a la Seguridad Social.
- Si nos encontramos ante una baja por enfermedad común, el empleado debe haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos cinco años de su expediente laboral.
- Si nos encontramos ante una baja por accidente o enfermedad profesional, no existe un período mínimo de cotización obligado.
En el caso de que se cumplan estos requisitos, ¿qué hay que hacer para conseguir la baja laboral? Primero hay que tener otra cosa clara: si se trata de una enfermedad común o un accidente ajeno al trabajo, no es necesario acudir a la Seguridad Social.
Lo que sí que será necesario es que un médico evalúe el caso y que sea él quien comunique si la baja laboral es pertinente o no. A partir de ahí, también será necesario que el profesional médico vaya haciendo evaluaciones continuas para alargar la baja o para darla por finiquitada. De esta forma, será el médico quien firme el parte de baja que deberá ser entregado puntualmente en la empresa para que la ausencia del empleado quede justificada de forma legal.
Resumiendo… El proceso de baja laboral no es complejo. Primero, hay que ir al médico para que evalúe la situación y expeda la baja en caso de que la considere pertinente. Y, a partir de ahí, hay que ir presentándose a los controles médicos periódicos y haciendo llegar los volantes a la empresa hasta que la baja se dé por finiquitada y el empleado pueda volver a su puesto de trabajo. En el momento en el que falte un parte médico, la baja pasará a ser absentismo.
Preguntas y respuestas
¿Crees que, con todo lo que hemos puesto sobre la mesa, ya tienes absolutamente controlada la baja laboral? Espera, porque a continuación hacemos una ronda rápida de preguntas y respuestas para acabar de afinar todo lo que hemos visto hasta el momento en este artículo…
¿Cuánto tiempo puedo estar de baja?
Inicialmente, una baja laboral pude durar un máximo de 365 días… Pero esto, obviamente, es algo relativo. Digamos más bien que a los 365 días es cuando el médico que haya supervisado la incapacidad temporal deberá tomar una decisión entre las tres posibilidades existentes…
- Dar de alta al empleado y, por lo tanto, permitir que vuelva a su puesto de trabajo.
- Prorrogar la baja otros 180 días más. Este caso se dará si el médico considera que el paciente puede acabar recuperándose en esta nueva prórroga de tiempo.
- Declarar que el paciente se encuentra en estado de incapacidad permanente. Esto significa que lo que se creía que iba a ser una discapacidad temporal no tiene solución y es totalmente crónica.
Este último caso, el más problemático de los tres, deberá ser tramitado por la entidad gestora pertinente a petición de una Inspección de Trabajo o bajo solicitud del Servicio Público de Salud. Siempre, eso sí, con la connivencia de la persona a la que se le esta prescribiendo la incapacidad permanente.
¿Cuáles son las bajas más comunes?
Está claro, como suele decirse, que cada caso es un mundo y que, por lo tanto, cada baja por enfermedad o por accidente será también un mundo en sí misma. Aun así, existe una gran cantidad de estudios que demuestran que las bajas más comunes están ligadas a problemas de estrés.
La OMS (Organización Mundial de la Salud) hace años que advierte que la década que acabamos de descorchar estará marcada por un panorama laboral en el que los principal motivos de baja serán la ansiedad y la depresión, ambos relacionados de forma mucho más que estrecha con el estrés. Según el análisis del Instituto Nacional de Estadística, el 59% de los empleados españoles sufren algún tipo de estrés en su puesto de trabajo y, en relación a este dato, el 30% de las bajas laborales están causadas por situaciones de estrés.
¿Qué demuestra esto? Que la empresa debería ser la principal interesada en cuidar la saluda mental y emocional de sus trabajadores, porque esta tiene una incidencia directa en su estado financiero. Ya hemos dicho que una baja es un inconveniente para toda compañía, empezando por lo moral y acabando por lo económico.
¿Me pueden despedir estando de baja?
Y, para finalizar, la pregunta del millón: ¿qué ocurre si la empresa decide despedirte justo cuando estás de baja laboral? Porque este es uno de las grandes miedos de la gran mayoría de empleados… Pero es que, si es un miedo, es precisamente porque también es una realidad.
De hecho, pueden darse dos casos: que la empresa decida despedir al trabajador o que dé la casualidad de que a este se le acabe el contrato. Ambos casos están amparados por la ley… Pero hay que tener en cuenta que también hay ciertas limitaciones que la compañía ha de superar para que el despido entre dentro de los parámetros de lo legal. El principal parámetro es, obviamente, probar que el despido no tiene nada que ver con la baja laboral del trabajador.
Dicho de otra forma: una empresa nunca (pero absolutamente nunca) podrá alegar que el despido está motivado por la incapacidad temporal del trabajador. Y aquí llega el área gris en todo este asunto. Porque está claro que hay ciertas empresas que van a preferir despedir al trabajador y contratar a uno nuevo. Al fin y al cabo, esta es la opción más barata y rentable… Pero también la menos moral y, sobre todo, la que más problemas legales puede acarrearle. Es por eso mismo por lo que, cuando se dan este tipo de situaciones, puede que la compañía intente demostrar que los motivos del despido son totalmente ajenos a la baja por enfermedad o accidente. Pero que, en consecuencia, al empleado le tocará demostrar que el motivo por el que ha sido despedido ha sido precisamente ese y ningún otro.
Sin embargo, no nos pongamos en lo peor… En la mayor parte de ocasiones, la baja laboral transcurre sin incidentes y sin despidos. Pero, ahora que con este artículo has aprendido todo lo que tienes que saber sobre ella, seguro que estarás mucho más tranquilo si te ves en la tesitura de tener que pedir una baja.
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