Desde el 1 de enero de 2021, fecha de salida del Reino Unido de la UE, las reglas del juego han cambiado para todos incluidas, por supuesto, las pequeñas y medianas empresas.
Aquellos que prevén iniciar o continuar cualquier tipo de relación comercial con el Reino Unido, por tanto, necesitan esclarecer todas sus dudas en cuanto a la situación exacta en que se encuentran después de un cambio de escenario tan radical. Este artículo pretende resolver todas aquellas dudas que pueda suscitar esta situación extraordinaria en las empresas españolas.
¿Qué es el Brexit?
Brexit es un acrónimo de Britain (Gran Bretaña) y exit (salida) y se refiere al proceso de salida del Reino Unido de la Unión Europea. Esta acción se pudo llevar a cabo, ya que el punto primero del artículo 50 del Tratado de la Unión Europea establece que: Todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión.
¿Cuándo empezó el Brexit?
El Brexit es el resultado de una corriente política euroescéptica británica, iniciada en la década de los 70, basada en la afirmación de que la participación de Gran Bretaña en la Unión Europea no es beneficiosa ni política ni económicamente para los británicos. Esta corriente fue cobrando cada vez más protagonismo durante las últimas décadas y prueba de ello es que David Cameron, primer ministro británico, propuso en 2013 un referéndum a los ciudadanos británicos para decidir sobre la permanencia o no de los mismos en la Unión Europea.
¿Cómo se ha desarrollado el proceso de negociación del Brexit?
El referéndum sobre la permanencia del Reino Unido en la UE celebrado el 23 de junio de 2016, tuvo como consecuencia la victoria de aquellos que se decantaron por la salida de la Unión Europea. Desde entonces, ha tenido lugar un largo proceso de arduas negociaciones que desembocaron en un primer «Acuerdo de retirada» en noviembre de 2018 y, posteriormente en el definitivo «Acuerdo de Comercio y Cooperación», cerrado en plena pandemia del coronavirus y que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2021. Entre ambos acuerdos se vivió lo que se conoce como el «periodo transitorio».
¿Cuándo ha acabado el periodo transitorio entre la Unión Europea y el Reino Unido?
El período transitorio comenzó el 14 de noviembre de 2018 y acabó el 31 de diciembre del año pasado, ya que el «Acuerdo de Comercio y Cooperación» entre Reino Unido, con el primer ministro Boris Johnson al frente, y la Unión Europea, entró en vigor el 1 de enero de 2021. El objetivo de este periodo de transición era que las administraciones, las empresas y los ciudadanos, adaptasen su situación a la retirada del Reino Unido.
¿Cuáles podrían haber sido los escenarios post- Brexit?
Principalmente había dos escenarios antes del acuerdo ratificado. Uno era el que finalmente ha salido adelante, en el que las dos partes, Gran Bretaña y la Unión Europea han llegado a un acuerdo, en principio, que satisface a ambas partes. La otra posibilidad hubiese sido un Brexit sin acuerdo, lo que se ha estado denominando como Brexit duro.
¿Qué hubiese supuesto un Brexit sin acuerdo para la Unión Europea y para España?
Un Brexit sin acuerdo entre Londres y Bruselas hubiese supuesto el comienzo de un periodo crítico ya que el tejido empresarial que une a la Unión Europea con el Reino Unido es amplio y beneficioso para ambas partes.
Entre otras consecuencias negativas, hubiese supuesto un golpe muy duro para las empresas españolas y europeas debido a que la imposición de aranceles en la aduana durante el comercio de mercancías, hubiese incrementado enormemente el precio de los productos y los costes de transporte. La cadena de suministro se hubiese ralentizado enormemente y esto, sumado a la negativa situación que atraviesa la economía mundial a consecuencia de la COVID-19, hubiese sido nefasto para los mercados.
¿Qué es el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido?
Es el texto que redefine la relación entre la Unión Europea y Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021. Está basado en cuatro aspectos principales:
- El acuerdo de libre comercio. Eliminando las cuotas y los aranceles entre el Reino Unido y la UE y estableciendo condiciones de competencia justa.
- El marco de cooperación económica, social, medioambiental y en materia de pesca. Asegurando la conectividad energética y en materia de transportes, así como la coordinación en ámbitos relacionados con la seguridad social.
- La asociación en materia de seguridad interior. Apoyando la cooperación de los mecanismos de seguridad de ambas partes.
- El marco de gobernanza común. Ofreciendo seguridad jurídica a las empresas, los consumidores y los ciudadanos sobre cómo se aplicará y controlará el Acuerdo.
Por tanto, cabe preguntarse:
¿Cómo afecta la salida de Reino Unido a la UE?
La salida del Reino Unido de la Unión Europea tendrá consecuencias políticas, económicas y sociales. Políticas, ya que el Reino Unido dejará de tener competencias en las decisiones de la Unión Europea; económicas debido a que se abre un nuevo escenario tanto en cuanto los bienes y servicios verán modificados sustancialmente sus condiciones de transporte; y sociales, pues se verán alteradas las normativas de estancia y movilidad de las personas que decidan transitar desde la UE al Reino Unido y viceversa.
Dicho lo cual, es hora de detenernos en las consecuencias que hoy nos ocupan, que son las relacionadas con las pymes españolas.
¿Cómo afectará Brexit al mercado europeo y a España?
Aunque en principio lo que se pretende es que se mantenga la mayor normalidad en las relaciones comerciales, es cierto que el hecho de que las normas cambien, supone que el mercado europeo en general, y el español en concreto, deberán adaptarse a este nuevo marco económico para que las compañías españolas encuentren el mejor lugar posible desde el que mantener una relación empresarial fructífera con el Reino Unido.
¿Cómo afecta el Brexit a las empresas españolas?
Según un estudio realizado por KPMG, con la colaboración de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), un año después de la notificación del Brexit, casi un 50% de las empresas españolas tiene algún tipo relación con el Reino Unido. La mayoría, según el estudio, sustentadas en la exportación (18%), y en las implantaciones a través de filial (13%).
Una enorme cantidad de pequeñas y medianas empresas necesitan ver respondidas una serie de cuestiones que hasta ahora han quedado dispersas entre el ruido de las constantes informaciones cruzadas aparecidas en los medios de comunicación. Toda vez que el «Acuerdo de Comercio y Cooperación» entre la Unión Europea y el Reino Unido está sellado, ahora sí, los empresarios y emprendedores pueden saber a qué atenerse.
Pasamos entonces a resolver algunas de las preguntas que más preocupan a las pymes españolas en esta nueva realidad post-Brexit.
¿Cómo haré negocios a partir de ahora con las empresas británicas?
Para que no te quede ninguna duda, te facilitamos a continuación una serie de preguntas y respuestas relacionadas directamente con el Brexit y el día a día de las pequeñas y medianas empresas.
¿Afecta el Brexit al funcionamiento de mi empresa?
Sí, en el caso de que se dé alguno de estos supuestos:
- Vendes bienes o prestas servicios al Reino Unido.
- Compras bienes o recibes servicios del Reino Unido.
- Transportas bienes a través del Reino Unido.
- Utilizas materiales y bienes del Reino Unido para comerciar en el marco de regímenes preferenciales con países socios de la Unión Europea.
¿Cómo afecta el Brexit a mi facturación?
El hecho de que Reino Unido salga de la UE hace que las operaciones comerciales dejen de ser intracomunitarias (por tanto no se incluirán en la declaración recapitulativa modelo 349), para ser declaraciones aduaneras como las de cualquier otro «tercer país» (denominación con la que se describe a los países no miembros de la UE). Este cambio tiene su repercusión en todos los elementos incluidos en dichas transacciones (Impuestos, Certificados, Registros…).
¿Cómo debo facturar a clientes de Reino Unido a partir de ahora?
A partir de ahora deberás hacer las facturas con empresarios y particulares del Reino Unido incluyendo todos los datos que incluías antes, pero teniendo en cuenta que cambia la sección de Impuestos.
Pasos para facturar a empresas y particulares después del Brexit:
- Añadimos los datos fiscales de nuestra empresa y de la empresa del Reino Unido:
- Nombre de la compañía o persona física (dependiendo del caso)
- Núm. identificación fiscal
- Dirección
- País
- Teléfono
- Fecha de vencimiento (en caso de que queramos añadirla)
- Añadimos el número de factura dentro de nuestra ordenación.
- Añadimos el «concepto» de la factura.
- Añadimos la descripción del servicio.
- Añadimos el coste del servicio.
- Añadimos los impuestos pertinentes.
A continuación estableceremos dos casuísticas de las más habituales, dentro de todas las posibles (en las que tendremos que tener claro cuándo debemos incluir IVA y cuándo no).
5a. Si la factura tiene relación con la venta de servicios a cliente del Reino Unido, es una operación exenta de IVA.
5b. Si la factura tiene relación con la venta de mercaderías a cliente del Reino Unido, es una operación exenta de IVA.
6. Añadimos el precio total.
7. Añadimos la fecha de emisión.
8. Añadimos nuestra firma.
¿Cómo debo contabilizar las facturas de mis proveedores de Reino Unido?
A la hora de facturar a proveedores de Reino Unido, debemos recordar que aquellas operaciones consideradas exportaciones, estarán exentas de IVA.
Lo explicamos más claramente mediante dos casuísticas comunes que pueden tener lugar:
a. Si la factura tiene relación con compra de servicios a proveedor del Reino Unido, añadiremos «Inversión del sujeto pasivo», ya que el IVA repercutirá en él.
b. Si la factura tiene relación con compra de mercaderías a proveedor del Reino Unido, añadiremos el «IVA de importación».
¿Cómo puedo automatizar mis facturas a clientes del Reino Unido?
Un software de gestión de empresas, te permitirá establecer las características de tus contactos, indicando el idioma, la divisa o el IVA que utilizarás en todas las operaciones que realices con ellos. De esta manera, puedes añadir toda esta información a los contactos que tengas de Reino Unido, para que una vez que factures con cada uno, aparezcan sus características de facturación por defecto.
¿Cuál es el impacto del Brexit en el IVA?
Los bienes que se introduzcan en el territorio de la UE desde el Reino Unido o vayan a salir de dicho territorio para su expedición o transporte al Reino Unido, estarán sujetos a vigilancia aduanera, por lo que las entregas y los movimientos de bienes entre la UE y el mercado británico estarán sujetos a las normas del IVA aplicables a las importaciones y exportaciones.
¿Cambia el IVA en las importaciones de mercancías provenientes del Reino Unido?
Sí, ya que la nueva situación del Reino Unido fuera de la UE, exige un IVA con distinta base imponible. En la importación esta base imponible es igual al Valor en Aduana más los siguientes conceptos:
- Los impuestos, derechos, exacciones y demás gravámenes que se devenguen con motivo de la importación, salvo el IVA.
- Los gastos accesorios, como las comisiones y los gastos de embalaje, transporte y seguro que se produzcan hasta el primer lugar de destino de los bienes en el interior de la Comunidad.
¿Y las exportaciones?
Las mercancías que sean transportadas desde el territorio de aplicación del IVA español* (Península y Baleares) al Reino Unido serán exportaciones y estarán exentas de IVA.
¿Hay excepciones de IVA con algún país dentro del Reino Unido?
Sí. Los intercambios de mercancías con Irlanda del Norte tendrán el mismo tratamiento que los efectuados con un Estado miembro de la UE.
¿Y si he solicitado mercancías a Reino Unido antes del 1 de enero, pero no me han llegado, se me tributarán en Aduana como operación intracomunitaria o como importación?
La Agencia Tributaria tiene previsto tal escenario, ya que para evitar una doble tributación, las mercancías cuyo transporte desde Reino Unido a la UE se inicie antes del 1 de enero de 2021 y lleguen a su destino con posterioridad a dicha fecha, deberán presentarse ante la Aduana, pero no tributarán como importación sino como adquisición intracomunitaria, teniendo que incluirse en los Estados recapitulativos (modelo 349 en el caso de España). Las autoridades aduaneras podrán requerir al importador la prueba del inicio del transporte antes del 1 de enero de 2021 mediante los documentos de transporte.
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Descúbrelo¿Cómo afecta el Brexit al intercambio de mercancías con el Reino Unido?
Básicamente, en que los envíos y recepciones de mercancías a y desde Reino Unido se deberán formalizar en declaraciones aduaneras. Por tanto, para la presentación de declaraciones será imprescindible disponer de un número EORI (número de registro e identificación de la Unión Europea para empresas que realizan la importación o exportación de bienes dentro o fuera de la UE) registrado en un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de España se puede obtener en la sede electrónica de la Agencia Tributaria*.
* Más información sobre importaciones y exportaciones españolas en la página del Ministerio de Industria y Comercio de España.
¿Es el mismo proceso para los productos destinados al consumidor?
No. Determinados productos industriales destinados al consumidor (juguetes, zapatillas…) deberán ser controlados en el momento de importación para verificar que cumplen con los requisitos de seguridad previstos en la legislación comunitaria. Los operadores deberán solicitar la inspección de estas mercancías ante el servicio de inspección de las Direcciones Territoriales y Provinciales de comercio, a través de la plataforma ESTACICE*, la herramienta de gestión del control SOIVRE que permite el envío de solicitudes y la recepción de los resultados del control (certificados).
¿Necesitaré nuevos certificados y autorizaciones para importar y exportar mis mercancías al Reino Unido?
Sí, pueden estar sujetas a controles que requieran la autorización previa por parte del órgano competente (controles de calidad, sanitarios, fitosanitarios…).
¿Los empresarios de Reino Unido que realicen operaciones aquí qué necesitarán?
Atendiendo a lo especificado por la Agencia Tributaria, si están establecidos en Reino Unido y realizan operaciones sujetas al IVA en Península y Baleares, deben nombrar un representante.
¿Cómo afecta el Brexit a la prestación de mis servicios?
La nueva situación del Reino Unido conlleva una modificación de las modalidades de aplicación de las normas a los sujetos pasivos establecidos en el Reino Unido que presten servicios en la UE y a los sujetos pasivos establecidos en la UE que presten servicios en el Reino Unido.
Si una empresa del Reino Unido presta un servicio a mi empresa, ¿qué IVA aplico?
Depende de dónde estés establecido. Si es en España, el español.
¿Si el servicio lo presto yo a una empresa del Reino Unido?
Se considerará situada fuera de la UE y, por tanto, no sujeta al impuesto en virtud de la legislación de la UE sobre el IVA. Quiere decirse que estará sujeta al IVA británico.
¿Si presto servicio como empresa a particulares del Reino Unido?
Será imponible en el Estado miembro en el que esté establecido el proveedor. España en este caso.
¿Si me los presta una empresa del Reino Unido a mí como particular?
Se considerará, en principio, situada fuera de la UE y, por tanto, estará sujeta al IVA británico.
¿Cómo me afecta el Brexit si tengo un negocio online?
Al igual que en los casos expresados anteriormente, dependerá de si el servicio es prestado a consumidores finales británicos o a empresas y/o profesionales británicos. El primer caso exigiría registrarse en la Hacienda Británica porque liquidarías el IVA británico a la hora de facturar tus infoproductos. En el segundo no, ya que liquidarías según las reglas de localización del IVA contempladas en la LIVA (ley del impuesto sobre el valor añadido). En ese caso habría que estudiar dónde se presta el servicio y liquidar el IVA correspondiente.
¿Perderé clientes del Reino Unido con el Brexit?
No necesariamente. En principio la relación con tus clientes se verá «modificada» porque estaréis actuando dentro de un nuevo marco legal, con otro tipo de burocracia, pero en principio no debería afectar negativamente.
¿Puedo contratar a trabajadores del Reino Unido?
Sí, pero las condiciones de contratación han cambiado después del Brexit. Los británicos que deseen ser contratados en España necesitarán un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, o bien un permiso de Trabajador Altamente Cualificado.
¿Cómo afecta el Brexit a la devolución del IVA soportado?
Los empresarios establecidos en Península y Baleares que adquieran mercancías y servicios en Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021 y deseen solicitar la devolución del IVA soportado, ya no podrán presentar su solicitud por vía electrónica a través de la página web de la AEAT, sino que tendrán que hacerlo ante la Administración tributaria británica y con arreglo a la normativa inglesa.
Si una persona del Reino Unido me ha comprado un producto en España ¿podrá solicitarme el IVA pagado por dicha compra a partir de ahora?
Sí. A partir del 1 de enero de 2021, los viajeros procedentes de Reino Unido pueden solicitar la devolución del IVA correspondiente a sus compras durante su estancia en la Unión Europea o Irlanda del Norte.
¿Dónde puedo encontrar más información sobre cómo afecta el Brexit a las empresas españolas?
Para finalizar te facilitamos una serie de páginas en las que podrás buscar muchas más respuestas para que todo quede meridianamente claro:
- Sitio web de la Comisión Europea donde especifica las consecuencias del Brexit para las empresas.
- Sitio web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de España dedicada al «Acuerdo comercial entre la UE y el Reino Unido».
- Sitio web de la Agencia Tributaria centrada en «Las empresas ante el Brexit».
- Web del Gobierno Británico en la que puedes especificar tu casuística particular y recibir información de cómo te afectan las nuevas reglas del Brexit.
- Web del Gobierno de España centrada en «Cómo preparase ante el Brexit.»