Las declaraciones de impuestos son una constante para empresas y autónomos. Aunque se trate de meras declaraciones informativas, siguen siendo un incordio con el que hay que lidiar regularmente. Una de las declaraciones informativas más habituales es el modelo 390, el resumen anual de IVA.
¿Pero qué es el modelo 390? ¿Cuándo hay que presentarlo? Y, sobre todo, ¿cómo hay que rellenarlo para que todos los datos cuadren con los de las declaraciones trimestrales y así evitar una inspección de Hacienda?
¿Qué es el modelo 390?
El modelo 390 es una declaración informativa de resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA. Es decir, se trata del equivalente anual del modelo 303 en una versión extendida y se presenta al cierre contable de cada ejercicio.
Los autónomos, pymes y empresas están obligados a presentar este modelo para demostrar, mediante este resumen anual, la correlación con los modelos mensuales. No obstante, este documento no entraña ningún coste, pues es de carácter meramente informativo.
Si no somos expertos en este tipo de trámites, lo recomendable es rellanar este modelo con ayuda de un gestor o utilizar un el programa de contabilidad de Holded (al igual que ocurre con el resto de modelos de impuestos). La razón es obvia: el descuadre entre los modelos trimestrales y el anual puede conllevar una inspección tributaria que derive en una sanción. En otras palabras, si los datos entre las declaraciones trimestrales y la anual no coinciden, nos pueden hacer una paralela de Hacienda.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 390?
Están obligados a presentar el modelo 390 las mismas personas que tienen que presentar el modelo 303 de IVA. Por lo tanto, cualquier profesional o empresario que desarrolle una actividad sujeta a IVA, independientemente del resultado de la declaración, tiene que presentar el resumen anual de IVA.
Sin embargo, desde 2014 están exentos de presentar el modelo 390 los autónomos cuya actividad tribute en módulos y aquellos que se dediquen al arrendamiento de bienes inmuebles urbanos. Por último, desde el 1 de enero de 2017 las grandes empresas, grupos de IVA y aquellas empresas inscritas en el régimen de devolución mensual de IVA no tienen la obligación de presentar el modelo, puesto que Hacienda tiene acceso a sus libros de registro de impuestos.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 390?
El plazo de presentación del modelo 390 es del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio. Si el vencimiento coincide con un día inhábil, se considera trasladado al primer día hábil siguiente, pero es recomendable no apurar los plazos al límite.
Cómo se presenta modelo 390
El modelo 390 se presenta a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante certificado digital o sistema Cl@ve PIN. Una correcta cumplimentación previa del 303 te ayudará mucho en esta labor.
¿Qué información hay que incluir?
Si se han cumplimentado correctamente los modelos trimestrales, rellenar el modelo 390 no debería entrañar demasiada dificultad. Básicamente, vamos a necesitar la siguiente información:
- Valores entre la base imponible y el valor de la cuota de IVA.
- Tipos de IVA, que puede ser 4%, 10% o 21%.
- Procedencia nacional, intracomunitaria o extracomunitaria de los ingresos y los gastos.
- Diferenciar entre gastos corrientes y bienes de inversión.
Una vez que tengamos reunida toda esta información, toca rellenar las correspondientes casillas que estructuran el modelo 390. A saber:
- Datos de identificación del sujeto. En concreto, el NIF y el nombre del autónomo o de la empresa.
- Devengo. Aquí se detalla el ejercicio y si la declaración es sustitutiva. Si se trata de una declaración sustitutiva, hay que incluir el número de referencia de la original.
- Datos estadísticos. En este apartado se indica la relación de actividades a las que se refiere la declaración, incluyendo la clave y el epígrafe del IAE.
- Datos del representante. Solo se rellena en caso de actuar en nombre de un tercero.
- IVA devengado. En este epígrafe se introduce el IVA devengado, es decir, los ingresos por tu actividad desglosados por tipo de operación realizada en Régimen General y tipo de IVA aplicable.
- IVA deducible. Aquí se introduce el IVA deducible, es decir, los gastos de las operaciones realizadas. A partir de este punto ya podrás conocer el resultado de la diferencia entre el IVA deducible y el IVA devengado.
- Resultado de liquidación anual. Es el total resultante de las declaraciones trimestrales.
- Tributación por razón de Administración. Este apartado tienen que rellenarlo los sujetos pasivos que tributen en una administración del Estado y en algunas de las administraciones forales de Navarra o País Vasco.
- Resultado de las liquidaciones. Aquí se diferencian dos apartados, uno para aquellos períodos que no tributen en el Régimen Especial del Grupo de Entidades (REGE) y otro para los profesionales y empresarios que sí pertenezcan al REGE.
- Volumen de operaciones. Es el resumen total de los ingresos según operaciones realizadas.
- Operaciones específicas. Aquí se consignan las adquisiciones de bienes o servicios de los que no es posible deducir el IVA
- Prorrata. Tanto si te aplicas la regla de prorrata en operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción simultáneamente o tienes alguna subvención, tendrás que rellenarlo. Aquí se especifican los siguientes detalles: actividad económica y código CNAE, importe total de las operaciones, importe de las operaciones con derecho a deducción, tipo de prorrata y su porcentaje.
- Actividades con regímenes de deducción diferenciados. El último apartado abarca las actividades con regímenes de deducción diferenciada y desglosa el IVA deducible en cada operación.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 390 y el 303?
Tanto el modelo 390 como el 303 son declaraciones sobre el IVA de autónomos y empresas. Pero la principal diferencia entre ambos es que el modelo 390 es una declaración informativa de resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA, mientras que el modelo 303 se presenta cuatro veces al año para realizar el pago fraccionado del IVA.
En otras palabras, la presentación del modelo 303 conlleva el pago del IVA correspondiente del trimestre. Por su parte, al presentar el modelo 390 no hay que pagar nada, porque es un resumen de las cuotas que ya hemos pagado. Sin embargo, los datos deben coincidir exactamente con los de los modelos 303 presentados a lo largo del ejercicio para evitar una temida paralela de Hacienda.
La otra diferencia es que el modelo 390 es anual y se refiere al ejercicio completo, mientras que el 303 es un modelo trimestral.
¿Qué sanciones me pueden poner si no sé presentar el modelo 390?
Aunque el modelo 390 tiene carácter meramente informativo, es de obligada presentación. Por lo tanto, los autónomos que no la presenten o que la presenten fuera de plazo pueden enfrentarse a sanciones, que básicamente son multas de unos 200 euros. La cantidad puede variar en función de si Hacienda nos ha exigido ya su presentación o no.
En resumen, si no sabes presentar o rellenar este modelo, deberías pedir ayuda. Un asesor o el programa de contabilidad de Holded son las mejores soluciones a tu alcance. Además, también puedes tener en cuenta nuestra guía de IVA e IRPF para autónomos y la tabla de IRPF de 2022 para cumplimentar el 390 y otros modelos oficiales de forma correcta.
¿Qué errores comunes se comenten al presentar el modelo 390?
Rellenar los documentos oficiales del Estado no es nada fácil, y las declaraciones de impuestos son especialmente escabrosas. Algunos de los errores más habituales que impiden la presentación del modelo 390 son los siguientes:
– Datos incorrectos de la actividad de la empresa.
– Introducción de caracteres especiales en los nombres.
– Introducción de importes incorrectos.
– Omisión del importe a compensar de periodos anteriores en el modelo 303 de algún trimestre.
– No poner el volumen de operaciones.