Las categorías profesionales y los grupos de cotización son dos conceptos que aparecen en nuestra nómina y contrato de trabajo. Aunque solemos utilizarlos indistintamente, no es necesario que seamos especialistas en gestión de recursos humanos para saber que son dos cosas bien diferentes.
A continuación, vamos a explicar ambos conceptos y ver cuáles son sus diferencias. Así no volverás a confundirlos y podrás hablar con propiedad acerca de tu trabajo y labores profesionales. Es más, conocer tu grupo profesional es fundamental para saber si tu salario se ajusta legalmente al trabajo que estás realizando.
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Empieza gratis¿Qué son las categorías profesionales?
Tras la reforma laboral de 2012, el concepto de categorías profesionales dejó de existir, un detalle que se ha mantenido también con la última reforma laboral, la de 2022. La categoría profesional era un concepto que aparecía en los contratos de trabajo y se utilizaba para clasificar el empleo a desarrollar, así como para establecer el porcentaje de cotización a la Seguridad Social. Los convenios colectivos determinaban el sueldo mínimo en función de las categorías profesionales, así que entrar en una u otra tenía una gran importancia.
Desde que se produjo la reforma de 2012, las categorías profesionales se convirtieron en grupos profesionales. Ahora, con la entrada en vigor del grupo profesional, se tienen en cuenta las características del puesto de trabajo, las tareas que se van a desarrollar, responsabilidades, conocimientos requeridos, etc. Es decir, que ya no se hace tanto hincapié en otros aspectos como la titulación o la experiencia del trabajador.
Veamos esto con un ejemplo. Antes de la reforma de 2012, un abogado estaría encuadrado en una categoría profesional de titulado superior, independientemente de las funciones que realizara. Sin embargo, ahora se encuadra dentro del grupo profesional que le corresponda en función de las tareas que realiza. Por ejemplo, si sus tareas son de administrativo, se encuadrará en el grupo 5, el de oficiales administrativos, mientras que si trabaja como abogado se encuadrará en el grupo 1.
La diferencia entre categorías profesionales y grupos profesionales es que este último es un concepto más amplio, ya que tiene en cuenta las labores que se desarrollan en el puesto de trabajo. En otras palabras, el grupo profesional atiende al grado de cualificación que el empleo demanda. Por otro lado, la categoría profesional estaba relacionada con la capacitación personal del trabajador, es decir, con su titulación académica.
¿Te pueden cambiar de categoría profesional a menos?
Ante esta pregunta solo hay una respuesta posible: no, tu empresa no puede bajarte de categoría profesional sin más, porque, a día de hoy, esto está considerado como un despido improcedente.
La cuestión es que, legalmente, tu empresa solo puede bajarte de categoría profesional alegando razones técnicas u organizativas, pero esta “bajada” ha de tener una aplicación temporal y transitoria. Durante esta “bajada”, además, no podrán tocarte el sueldo. Y si infringen cualquiera de estas condiciones, ya sabes: es un despido improcedente y, por lo tanto, es denunciable.
¿Qué es el grupo de cotización?
Según la Seguridad Social, los grupos de cotización son:
Las categorías o grupos profesionales que le corresponden al trabajador de acuerdo con la actividad o puesto de trabajo que desempeña, atendiendo a criterios establecidos en el convenio colectivo de aplicación en la empresa.
Actualmente, existen once grupos de cotización con sus bases de cotización:
Grupo de cotización | Categorías profesionales |
1 | Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c del estatuto de trabajadores. |
2 | Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados |
3 | Jefes administrativos y de taller |
4 | Ayudantes no titulados |
5 | Oficiales administrativos |
6 | Subalternos |
7 | Auxiliares administrativos |
8 | Oficiales de primera y segunda |
9 | Oficiales de tercera y especialistas |
10 | Peones |
11 | Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional |
¿En qué influye el grupo de cotización?
Pertenecer a un grupo de cotización u otro implica que la base de cotización mínima y máxima sean diferentes. No tiene tanta importancia en cuanto a la base de cotización máxima, ya que es igual para los diferentes grupos (del 1 al 7 en el cálculo mensual y del 8 al 11 en el cálculo diario). Sin embargo, sí que es determinante en el cálculo del salario mínimo y en los despidos y reincorporaciones tras una excedencia voluntaria.
En el caso de los despidos objetivos, se tendrá en cuenta el grupo profesional. Y es que a igual grupo se entenderán similares funciones laborales y en consecuencia se elegirá, dentro de ese grupo, a la persona o personas que se vayan a despedir.
Lo mismo ocurre cuando un trabajador vuelve de una excedencia voluntaria. Este solo tendrá derecho a reincorporarse en caso de que exista un puesto disponible en su mismo grupo profesional.
¿Cuáles son las diferencias entre categorías profesionales y grupos de cotización?
En realidad, la gran y única diferencia entre categorías profesionales y grupos de cotización es que, desde el año 2012, se utiliza este último concepto en sustitución del primero.
Este cambio en los criterios de clasificación es el que marca a qué grupo profesional se pertenece y el convenio colectivo que rige su categoría. Eso sí, la Seguridad Social continúa utilizando el concepto “categoría profesional” para distinguir a los grupos de cotización.
¿Cuáles son las bases de cotización para 2024?
Una de las consecuencias económicas más evidentes de la pandemia incidió directamente en las cotizaciones de la Seguridad Social. En 2020 y 2021 se perdieron muchas personas cotizantes y los gastos de la Seguridad Social se vieron incrementados por las ayudas correspondientes.
Por suerte, esta tendencia ya se está invirtiendo. Según datos oficiales de principios de 2023, en 2022 se produjeron 471.000 nuevas altas en la Seguridad Social, mientras que en 2023 se incorporaron 533.731 trabajadores.Aunque las bases de cotización se congelaron en 2021 de forma extraordinaria, en 2024 los tipos de cotización quedan así:
Categoría |
Base mínima de cotización |
Base máxima de cotización |
1. Ingenieros, licenciados y personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del ET |
1.759,50 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
2. Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados |
1.459,20 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
3. Jefes administrativos y de taller |
1.269,30 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
4. Ayudantes no titulados |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
5. Oficiales administrativos |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
6. Subalternos |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
7. Auxiliares administrativos |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
8. Oficiales de primera y segunda |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
9. Oficiales de tercera y especialistas |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
10. Peones |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
11. Trabajadores menores de 18 años y de cualquier categoría profesional |
1.260,00 euros/mes |
4.720,50 euros/mes |
¿Cómo determinar a qué grupo profesional perteneces?
Lo más habitual es que haya unacuerdo previo a la firma del contrato entre empresa y trabajador que determine en qué grupo profesional se enmarca el desempeño laboral del empleado contratado. El contrato deja por escrito el puesto que se ocupará y, en consecuencia, las tareas y responsabilidades que debe asumir según esa categoría.
La nómina es otro documento en el que, normalmente, se establece el grupo profesional y las atribuciones del empleado. Si ni la nómina ni el contrato estipulan específicamente qué debe hacer el trabajador, es esencial definirlas con el responsable de recursos humanos o con el superior inmediato.
En tercer lugar, hemos de ir al convenio colectivo correspondiente. En él, lo habitual (o deseable) es encontrar qué puesto y qué funciones concuerdan más con nuestro grupo profesional. Decíamos “lo deseable” porque es cierto que algunos convenios son muy vagos a la hora de especificar las funciones para determinar el grupo profesional de los empleados.
¿Y qué pasa si un trabajador abarca tareas de varios grupos profesionales? Si realizamos funciones de dos o más grupos profesionales diferentes, perteneceremos a aquel en el que estemos dedicando más tiempo de nuestra jornada laboral.
¿Cuál es la importancia de los grupos profesionales?
Hay muchos motivos que explican la importancia de los grupos profesionales. Estos son las principales razones por las que deberías conocer el grupo profesional al que perteneces:
- Conocer tus verdaderas atribuciones para no incurrir en ilegalidades, tanto por parte de la empresa como del trabajador (no realizar las funciones para las que está contratado o hacer muchas más de las que le corresponden por grupo profesional).
- El salario que se debe cobrar. Ya hemos visto la base de cotización de cada grupo profesional; el convenio colectivo también suele marcar la horquilla salarial, y esto va íntimamente adherido a la categoría (grupo).
- La experiencia profesional previa influye a la hora de pertenecer a un grupo u otro; por eso, es vital conocer tu grupo profesional y que no se te incorpore a uno de categoría inferior, por ejemplo.
- Lo mismo ocurre con los estudios: ¿qué ocurre si eres un profesional titulado y te incorporan al grupo profesional “ayudantes no titulados”?
- Por último, a menudo las atribuciones no son compartimentos estancos, lo que hace que el departamento de recursos humanos pueda tener dudas sobre dónde encuadrarte: de ahí que debas conocer bien tus deberes y derechos.
Preguntas frecuentes
¿Qué se debe hacer si tus funciones de trabajo no concuerdan con el grupo profesional al que perteneces?
Primero hemos de comprobar que, en efecto, estamos realizando tareas que no corresponden a nuestro grupo profesional, sino a uno superior, y que nuestra empresa está cotizando menos por nosotros. Esto podemos hacerlo así:
1. Anotar las funciones que realizas y cuál es el salario que recibes por ellas.
2. Buscar tu convenio colectivo, algo muy sencillo en la era de las búsquedas en internet.
3. Dentro de dicho convenio, buscar tu grupo profesional y el salario que te corresponde. Si, en efecto, no es el tuyo, anota cuál sería tu grupo y salario para poder reclamarlo.
¿Estás en un grupo profesional diferente al que te corresponde? Estos son los pasos a seguir.
1. La primera vía debe ser la amistosa. Redacta un escrito reclamando el ascenso a tu empresa. Lo ideal, para no incurrir en posibles contradicciones o errores que tiren por tierra tu solicitud, es que un experto lo redacte en tu nombre: un abogado laboralista o un graduado social, por ejemplo.
2. Si la primera vía falla, la segunda es solicitar un informe sobre el acceso a tu comité de empresa o delegado. En los siguientes 15 días deben responder a la solicitud.
¿Tampoco funciona la segunda vía? Entonces, ahora sí, toca una demanda ante el
3. Juzgado de lo Social. Acompáñalo del escrito de solicitud enviado al comité o delegado. Un juez será el encargado de requerirlo si se ajusta a la ley. No hay plazo para este último paso siempre y cuando tus funciones sigan siendo las mismas.
¿Me puede cambiar mi empresa de grupo profesional?
Puede hacerlo… con matices. Por una parte, la empresa puede cambiarte por motivos logísticos de funciones y hacerlo unilateralmente, pero dentro de tu grupo profesional sin menoscabo de la dignidad del trabajador. Es decir, si eres un auxiliar administrativo.
Es decir: si eres auxiliar administrativo, la empresa puede elegir que hagas otras funciones en ese mismo grupo, pero no en, por ejemplo, la categoría de subalterno. Y siempre, funciones acordes a tus capacidades, que no resulten degradantes.
En ocasiones excepcionales, puede reclamársete para funciones de grupos profesionales distintos. Eso sí, si son de un grupo superior, tienes derecho a reclamar que se te retribuya por dicha labor mientras dure. Si es de un grupo inferior, deben mantenerte tu salario. Y en ambos escenarios debe tener una causa justificada y ser temporal.
Un cambio no temporal y sin causa justificada debe ser pactado entre empresa y trabajador a través o bien del procedimiento que establece el convenio colectivo a aplicar o bien modificando sustancialmente las condiciones de trabajo.
¿En qué categoría profesional y grupo de cotización entran los autónomos?
En términos de cotización, no hay grupos profesionales entre los autónomos, aunque sí existen distintos tipos de autónomos según la labor que desempeñan, si han creado o no una sociedad, etcétera.