El 3 de abril comenzó la temida Campaña de la Renta. ¿Ya has presentado tu declaración? ¿Tienes dudas? En esta nueva entrega de Bored No More te explicamos los pasos más importantes.
Cuando decimos “temida” no es solo porque puede que te salga a pagar (eso solo significa que el año pasado tus pagadores te retuvieron menos de lo que te correspondía y ahora te toca ajustar las cuentas), sino también porque suele considerarse un trámite bastante confuso: muchas casillas por rellenar, datos fiscales que hay que incorporar pero que, por alguna razón, no se registran y te obligan a dar vueltas y más vueltas hasta que descubres que lo has puesto en el lugar incorrecto…
Intentaremos ir paso por paso para demostrarte que, en realidad, no es tan difícil como parece. Empecemos con los plazos:
Si eres de las personas afortunadas que tienen todas sus cuentas en orden, seguro que no tienes problemas e incluso puede que estés deseando hacerla porque seguramente será un mero trámite, te saldrá cero o, mejor aún, a devolver. Ah, ¿que ni siquiera sabes si tienes que hacerla? Pues aquí te lo aclaramos:
Espera, espera. Si no cumples esos requisitos revisa también estos:
Si ninguno es tu caso, no tienes por qué hacerla. Pero compruébalo bien…
Aunque no hay que perder los nervios como nuestro amigo Conejo, tampoco es cuestión de irse al otro extremo, relajarse demasiado y dejarlo para el último minuto ya que podríamos estar ignorando obligaciones fiscales que pueden tener consecuencias. Que no te dé pereza. Con estos pasos, seguro que en unos minutos la tienes lista.
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Descubre másPrimero, revisa el borrador
El borrador de la declaración es una propuesta que la Agencia Tributaria prepara para que consultes tus datos fiscales. En este documento encontrarás un resultado provisional de tu declaración, basado en la información que Hacienda ha recopilado de tus ingresos a lo largo del año.
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Desde el momento en que inicia la campaña, puedes consultar este borrador. El periodo de presentación se abrió el 3 de abril y se extiende hasta el 1 de julio, por lo que, cuando quieras, puedes descargar tu borrador. Además, como siempre, tienes tres posibilidades para presentarla: por internet, por teléfono o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Cuando compruebes que todo está correcto y estás conforme con el resultado (sí, a veces hay que resignarse), lo único que tienes que hacer es darle a la opción Presentar declaración, y ya estaría. Comprueba que tu número de cuenta bancaria está bien porque será ahí donde te devuelvan el dinero si te sale a devolver. Si te sale a pagar, puedes fragmentar el pago.
Si crees que faltan datos o hay alguno incorrecto, puedes modificarlos o incorporarlos manualmente. (¡Y recuerda guardar los cambios!).
* Aquí: Servicio de Tramitación de Borrador/Declaración (RENTA WEB). También puedes acceder con un número de referencia si el año pasado hiciste la declaración.
Cómo saber si los datos del borrador están correctos
Por lo general, no tiene mucho misterio aunque nunca está de más revisarlos bien:
Si trabajas por cuenta ajena, tu empresa habrá ido informando a la AEAT de tus ingresos y retenciones, por lo que no tendrás que preocuparte por el apartado de Rendimientos del trabajo. Seguramente estará bien. En cualquier caso, la empresa o empresas para las que hayas trabajado deberán darte esa documentación e informarte de las retenciones que te hayan hecho. Si tu contrato terminó durante 2023, necesitarás tener controlada la información sobre el importe de la indemnización, fecha del cese o despido o cese, entre otros datos.
Si trabajas por cuenta propia, en el régimen de autónomo, entonces tendrás que revisar con más detenimiento porque quizás haya gastos o deducciones que no se hayan incorporado al borrador y tengas que introducirlos manualmente.
¿Qué deducciones te corresponden?
Existe una serie de deducciones autonómicas que deberás introducir manualmente como, por ejemplo:
- Por maternidad (nacimiento o adopción)
- Por ser familia monoparental
- Por inversión en la compra de una vivienda o por el alquiler de vivienda habitual (si la has comprado, necesitarás los documentos de la hipoteca y si vives de alquiler, te pedirán el NIF de la persona arrendadora y las cantidades pagadas. También prepara la referencia catastral)
- Por gastos educativos
- Por donaciones a investigaciones científicas y tecnológicas
- Etc.
Según la comunidad autónoma donde hayas fijado tu residencia fiscal, tendrás derecho a unas u otras deducciones. El listado te saldrá automáticamente cuando señales en tus Datos Personales tu lugar de residencia. Revísalas y rellena los datos que te correspondan. Si te lías, si no te sale, si tienes dudas, ya sabes: no hay que alterarse. Siempre hay una solución.
¿Ya lo tienes todo? ¿Has revisado bien los siguientes puntos?
- Datos personales y familiares
- Si te interesa hacer la declaración individual o conjunta (con tu cónyuge)
- Las deducciones familiares, por maternidad y autonómicas
- Deducciones en caso de separación
- Donaciones o ventas
Sea como sea, no te estreses. Recuerda que el IRPF es un impuesto progresivo que garantiza que todos contribuyamos a los gastos públicos —de los que también nos beneficiamos. Además, tienes hasta el 1 de julio para presentar tu declaración y si en algún momento sientes inseguridad, como le ha ocurrido a nuestro amigo Perezoso, siempre puedes recurrir a alguna asesoría que corrobore tus datos.