La realidad se impone. El nuevo sistema de cotización para autónomos, que ha entrado en vigor este pasado 1 de enero, supone cambios importantes en la cuota y novedades respecto a los modelos de cotización existentes hasta la fecha. Te explicamos —con un caso real incluido— todo lo que has de saber para no perderte con la calculadora.
Si algo ha cambiado en el nuevo sistema de cotización para autónomos (Real Decreto— Ley 13/2022), que acaba de entrar en vigor, es que a partir de ahora vas a cotizar con base en los rendimientos anuales netos que hayas previsto en estos próximos doce meses.
Se acabó la barra libre para que seas tú el que decide libremente tu base de cotización. Este nuevo sistema, que se va a ir implementando de manera progresiva en los próximos años, apuesta, en esencia, por alienar de forma más equilibrada los pagos a la Seguridad Social con tus ingresos reales. Si ya eres autónomo o tienes previsto darte de alta este año, ponte ya en modo previsión.
¿Cuánto es la cuota de autónomos en 2024?
La TGSS ha establecido unos tramos para hacer frente a esos pagos. Esas cuotas mensuales oscilaban en 2023 entre los 230 euros mínimos hasta los 500 euros, con franjas de hasta 15 tramos diferentes (3 tramos en tabla reducida y 12 en tabla general). En los años de adaptación, hasta 2025, y en función de los ingresos, las cotizaciones, en los extremos, serán las siguientes:
- 2024: Este año las cotizaciones irán variando para adaptarse más a la situación real de los ingresos. De esta manera, si estás en el tramo de los que menos ingresan (igual o menor al SMI), la cuota te bajará a 225 euros al mes. En cambio, si te encuentras en la franja máxima, esa cuota se te incrementará hasta los 530 euros.
- 2025: Ese año el sistema prevé que llegues a pagar 590 euros si ingresas más de 6.000 euros o sólo 200 euros si tus ingresos están por debajo del SMI.
Habrá revisión para los siguientes tres años y de nuevo en 2028 hasta 2032. Finalizado este periodo transitorio, el objetivo es que los autónomos coticen por una base acorde a sus rendimientos netos efectivos. En pocas palabras, que se aproxime a lo que ocurre con los trabajadores asalariados.
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Descúbrelo¿Cuáles son las bases y cuota de autónomos en 2024?
Esta opción tan amplia, que muestra la cuota mínima y máxima en cada tramo, te permitirá acogerte a aquella que consideras que se ajusta más a tus previsibles ingresos. A principios de año (o cuando te des de alta de autónomo) has de comunicar tu previsión, pero la podrás ir modificando cada dos meses (un total de seis veces anuales).
Además, desglosa todas las cotizaciones: base de cotización, contingencias profesionales, contingencias comunes, ces de actividad y formación profesional.
Pero que no cunda el pánico. Si al acabar el año, esos ingresos han sido menores a la estimación realizada inicialmente, puedes solicitar, como es lógico, la devolución que te corresponda. Eso sí, si al final 2023, tus ingresos han estado por encima de tus previsiones, deberás regularizar ante la TSS la diferencia que te quede por abonar.
¿Cómo calcular la cuota de autónomos?
El nuevo modelo tal vez desconcierte a más de uno ante la imposibilidad de saber de antemano cuáles van a ser los ingresos este año. De ahí que, para que no te asustes, la Tesorería general de la Seguridad Social (TGSS) puso en marcha hace ya unos días un simulador de cuotas para autónomos que te permite calcular de antemano la cuota que vas a tener que abonar a partir de enero de 2023. Basta con que indiques el rango que estimes, para que la calculadora determine tu cuota.
Pero si, por lo que sea, desconoces con antelación cuáles va a ser esa estimación anual de ingresos, también te da la opción de realizar una consulta online para “consultar tus ingresos netos”. Y además en su web responde a todas las dudas que te puedan surgir.
¿Qué son los rendimientos netos anuales?
Determinar claramente lo que son estos rendimientos netos te ayudará a entender la cuota que te corresponde abonar, ya que, con esta nueva norma, ambos están íntimamente unidos.
Los rendimientos netos son tus ingresos brutos a los que hay que restar los gastos derivados de tu actividad susceptibles de deducción como tus proveedores, el material, los proveedores…
¿Qué otras novedades hay que saber en el 2024?
- Tarifa plana de 80 euros (frente a los 60 euros actuales) durante el primer año para los autónomos que se dan de alta en el sistema por primera vez, independientemente de sus ingresos. Además, este importe se mantendrá el segundo año si los ingresos están por debajo del Salario Mínimo.
- Deducción adicional por gastos genéricos del 7% sobre esos rendimientos netos (3% en caso de autónomos societarios).
- Fin del tope de cotizaciones para mayores de 47 años.
- Desgravación de un 10% en la Declaración de la Renta de las aportaciones al plan de pensiones.
- Mejora en la prestación por cese de actividad.
Ejemplo de un caso práctico del cálculo de la cuota de autónomos
Me llamo David y firmo este artículo. Soy periodista y desde hace algunos años, autónomo. Mis ingresos fueron alrededor de los 25.000 euros netos anuales el año pasado y ese es el importe que tomo como estimación para 2023.
Según este nuevo baremo de cálculo, me encuentro en el tramo entre 2.030 y 2.330 euros en la tabla elaborada por la Tesorería de la Seguridad Social. Por lo tanto, mi cuota mensual va a ser de 320 euros mensuales ese año (si se mantienen estos ingresos en 2024 pagaré 330 euros y en 2025 subirá hasta 390 euros al mes).
Vamos a suponer que, al acabar el año, las cosas me han ido muy bien y acabo ingresando 29.460 euros netos anuales. Puesto que estos ingresos pertenecen a la franja siguiente (entre 2.330 y 2.760 euros) mi cuota real es de 330 euros (en vez de los 320 euros que estimé). De ahí que tenga que regularizar mi situación y abonar 120 euros pendientes (10 euros al mes por 12 meses).
Pero vamos a suponer ahora que en 2023 decido tomarme tres meses sabáticos, dejo de trabajar y acabo ingresando 19.300 euros frente a los 25.000 que había estimado. En este caso mi tramo es el de 1.500 a 1.700 euros y la cuota que me hubiera correspondido es de 294 euros al mes (frente a los 320 que he pagado). Por lo tanto, se me deben 312 euros (26 euros x 12 meses).
¿Qué ocurre si un autónomo decide pagar más del mínimo de cuota?
Si cotizas una cantidad mayor del mínimo que te corresponde, podrás disfrutar de prestaciones más elevadas en caso de, por ejemplo, desempleo; baja por enfermedad, maternidad o paternidad, etc.
¿En qué momento se puede cambiar la base de cotización de autónomo?
Los autónomos pueden cambiar su base de cotización hasta seis veces al año, en las siguientes fechas:
1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
La solicitud de cambio de base puede realizarse en el servicio Base de cotización y rendimientos.