Facturación

15 sanciones por hacer mal la declaración de la renta

Raül De Tena

Aportar información falsa o inexacta, incluso si no se hace deliberadamente, puede conllevar sanciones por parte de la Agencia Tributaria. En este artículo te informamos de las infracciones tipificadas y las sanciones correspondientes.

Para subsanar los fallos que se hayan podido cometer en la declaración, se tendrán que realizar una rectificación en el borrador o presentar una declaración complementaria a Hacienda. Sin embargo, ¿qué pasa cuando ya no se puede rectificar?

1. Infracción por no ingresar la deuda tributaria resultante de una autoliquidación 

Es decir, si la declaración ha salido a pagar y no se salda esa deuda. La base de esta sanción será la cifra no ingresada, más un tanto por cierto dependiendo del nivel de gravedad:

  • Leve – multa pecuniaria proporcional del 50%
  • Grave – multa pecuniaria del 50% al 100%
  • Muy grave – multa pecuniaria del 100% al 150%

2. Infracción por incumplir la obligación de presentar de forma completa y correcta la declaración necesaria para practicar liquidaciones

Es aplicable cuando no hay necesidad alguna de presentar autoliquidación. Por ejemplo, en el caso del impuesto sobre sucesiones en determinadas comunidades autónomas. Las sanciones por este error en la declaración de la renta son las mismas del punto número 1.

3. Infracción por la obtención indebida de devoluciones

En el caso de que se haya devuelto dinero, pero la declaración no salía a devolver y el receptor se queda con la devolución, puede haber sanción. También puede ser leve, grave o muy grave, pero en este caso la sanción siempre se corresponderá a la cantidad íntegra devuelta indebidamente.

4. Infracción por solicitar devoluciones, beneficios o incentivos que no corresponden

Si lo que se ha solicitado indebidamente es una devolución, la sanción será del 15% de la cantidad solicitada. Si, por el contrario, lo que se ha solicitado indebidamente es un beneficio o incentivo fiscal, la sanción será una multa pecuniaria de la cantidad fija de 300 €.

5. Infracción por la determinación o acreditación improcedente de partidas (ya sean positivas o negativas) o créditos tributarios aparentes

La sanción en este caso puede ser del 15% o del 50% dependiendo de su naturaleza.

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6. Infracción por no presentar la autoliquidación o la declaración dentro de plazo aunque esto no produzca perjuicio económico

En este caso, la sanción por este error en la declaración de la renta dependerá de si ha sido:

  • Una declaración censal se solventará con una sanción pecuniaria de 400 €
  • Si la comunicación ha designado al representante de personas o entidades (100 €) 
  • Si se refiere a declaraciones exigidas en cumplimiento del deber de suministrar información, la multa será de 20 € por cada dato omitido
  • Si puede englobarse en otras causas, serán 200 €

7. Infracción por incumplir la obligatoriedad de comunicar el domicilio fiscal

Su sanción es de 100 € y es fija.

8. Infracción por presentación incorrecta de autoliquidación o declaración sin que se produzca perjuicio económico

La sanción será de 150 € en el caso de que sea una autoliquidación o declaración, o de 250 € en el caso de las declaraciones censales.

9. Infracción por incumplimiento de obligaciones contables y registrales

Esta se considera directamente una infracción grave y la sanción por este error en la declaración de la renta se paga con una multa pecuniaria de 150 €, aunque pueden existir circunstancias atenuantes que eleven la multa hasta 600 €.

10. Infracción por incumplimiento de obligaciones de facturación o documentación

Pueden darse diferentes casos: 

  • El incumplimiento de los requisitos impuestos por la normativa vigente de facturación, con una sanción del 1% del importe de las operaciones facturadas indebidamente
  • La falta de expedición o conservación de facturas y documentos, con una sanción del 2% o de 300 € si se desconoce la cifra final facturada con errores
  • La expedición de facturas con datos falsos o falseados, que supone una multa del 75%

11. Infracción por incumplimiento de las obligaciones relativas al uso del número de identificación fiscal u otros números o códigos

La sanción por este error en la declaración de la renta puede ser leve  -150 €-; grave, mínimo de 1000 € o muy grave, con una multa fija de 30.000 €.

12. Infracción por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a la actuación de la Agencia Tributaria

Suele implicar una sanción en forma de multa de 150 €, aunque si la resistencia continúa puede aumentar hasta 600 €.

13. Infracción por incumplimiento del deber de sigilo exigido a los retenedores y a los obligados a realizar ingresos en cuenta

Se sancionará con una multa pecuniaria de 300 € por cada dato incumplido.

14. Infracción por incumplimiento de la obligación de comunicar correctamente datos al pagador de rentas sometidas a retención o ingreso en cuenta

La sanción por este error en la declaración de la renta dependerá de si ha sido un caso leve, con una multa proporcional del 35%, o grave, con el 150%.

15. Infracción por incumplimiento de la obligación de entrega del certificado de retenciones o ingresos en cuenta

Su sanción está fija en una multa de 150%.

Finalmente, para evitar sanciones, es fundamental revisar bien los borradores y presentar en plazo la declaración.

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