¿Los seguros llevan IVA? ¿Sí o no? En este artículo no solo damos respuesta a esta pregunta, sino que profundizamos en ella.
Los seguros son esa cosa que ni te planteas en tu juventud pero que, a medida que te vas haciendo mayor, cada vez están más y más presentes en tu vida. Por lo que pueda pasar. Claro. Pero, precisamente porque es algo que te llega en la edad adulta, puede que no los tengas tan controlados como crees. Por ejemplo: ¿sabes si llevan IVA o no?
Estas son las preguntas que ni el mejor programa de contabilidad va a poder responder por ti. Vamos, que es ese tipo de conocimiento que solo puedes adquirir por tu cuenta… O acudiendo a artículos como este.
Aun así, y sin que sirva de precedente, por una vez vamos a dar respuesta al título aquí y ahora: ¿los seguros llevan IVA? Y es que la respuesta es un no rotundo. El artículo 20 de la Ley 37/992 (del 28 de diciembre) establece que las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización están exentas de IVA.
Pero, ojo, porque esta exención no significa que en los seguros no se apliquen otros impuestos. Por eso mismo, a continuación no solo vamos a ver el impuesto sobre primas de seguros, sino que también veremos un poco más en detenimiento el papel del Consorcio de Compensación de Seguros.
Qué es el impuesto sobre primas de seguros (IPS)
Si ya has dejado de preguntarte si los seguros llevan IVA, ahora es el momento de que entremos en materia con el impuesto sobre primas de seguros, también conocido bajo sus siglas IPS. Este es un seguro que cubre el 6% de la prima neta y que suele verse reflejado en los recibos del asegurado. De hecho, que el IPS se refleje en los recibos es de vital importancia, ya que de esta forma se garantiza que se cumplen adecuadamente las exigencias en términos de impuestos.
El impuesto sobre primas de seguros está presente en todos los seguros y primas que contemplen algún tipo de daños. Es decir, que los dos más habituales, el seguro de vivienda y el de vehículo, deben contemplar el IPS. Y lo mismo opera para cualquier tipo de operación de capitalización… Pero, ojo, porque hay excepciones. Y vamos a verlas a continuación.
Exenciones del impuesto sobre las primas de seguros
El caso más conocido de exención del IPS es el de los seguros de vida, aunque estamos hablando de una exención a medias, ya que solo tributa en el caso de algunas de sus garantías complementarias. Aun así, existen muchos otros ejemplos.
Los seguros que cubren la asistencia sanitaria y los seguros de enfermedad están exentos de impuesto sobre las primas de seguros. Lo mismo ocurre con el seguro de crédito y con el de caución. Y tres cuartos de lo mismo con los seguros sociales.
¿Qué riesgos cubre el consorcio de compensación de seguros?
Si llegaste a este artículo preguntándote si los seguros llevan IVA, necesitas saber un poco más sobre el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Esta es una entidad pública que se circunscribe dentro el Ministerio de Economía y Empresa, y su finalidad es indemnizar y/o cubrir ciertos daños concretos de los ciudadanos.
Nos encontramos, entonces, ante una especie de substitución del seguro privado. Al fin y al cabo, si se da el caso de que no exista un seguro obligatorio o que la compañía de seguros se declare insolvente, el CSS debería entrar en acción para compensar este desastre. Existen, eso sí, dos riesgos básicos que cubre el consorcio:
- Fenómenos meteorológicos como inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, terremotos, maremotos, caída de cuerpos siderales y aerolitos y tempestad ciclónica atípica.
- Acciones violentas que causen daños. Estamos hablando de atentados terroristas, rebeliones, tumultos populares o motines, además de daños causados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o por las Fuerzas Armadas en tiempo de paz.
Así que, al final resulta que la respuesta a la pregunta “¿los seguros llevan IVA?” ha sido sencilla. Pero, como las respuestas sencillas no existen, ya ves que hay muchos otros conceptos que debes tener en cuenta.