Contabilidad

Claves para entender cómo funciona el IVA para autónomos

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El IVA es el impuesto sobre el valor añadido, un impuesto indirecto que grava el valor añadido por cada miembro de la cadena de producción de un producto o un servicio. El impuesto recae sobre el consumidor final, de modo que cada empresa o autónomo de la cadena de producción traslada su IVA al siguiente punto de la cadena hasta que llega al consumidor final.

En este sentido, el autónomo es tan solo un intermediario entre Hacienda y el consumidor final, ya que ha de pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA que ha repercutido y cobrado a sus clientes y el que ha soportado por las compras a proveedores. Todos los autónomos que realizan actividades profesionales deben presentar declaración de IVA.

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¿Qué tipos de IVA hay y cómo se calcula la cantidad a pagar?

Hay tres tipos de impuestos sobre el valor añadido a pagar, y aparecen en la contabilidad a través de las siguientes fórmulas:

1. IVA repercutido, que es igual al precio de venta por el tipo de IVA repercutido de cada factura.

2. IVA soportado, que es igual al precio de compra por el tipo de IVA soportado de cada factura recibida por compras y gastos.

3. IVA a pagar, que es igual al IVA repercutido menos el IVA soportado.

En cuanto al pago fraccionado de IVA, este se realiza mediante el modelo 303, que se presenta hasta el día 20 de los meses abril, julio y octubre; o hasta el 30 de enero. Además, este se complementa con el resumen anual de IVA a presentar mediante el modelo 390 en el mes de enero.

Actividades exentas de IVA

Las actividades que no han de pagar IVA están encuadradas en los servicios médicos y sanitarios, la educación y formación, las sociedades culturales y deportivas, las operaciones financieras y de seguros y alquiler de viviendas.

No obstante, por regla general, la mayoría de autónomos aplican el tipo general de IVA en sus facturas, que es del 21%. Asimismo, todas las actividades profesionales tienen que aplicar también este tipo del 21%.

El régimen simplificado de IVA

Para terminar, cabe señalar que el régimen simplificado de IVA se aplica a los autónomos que coticen en estimación objetiva –módulos–. El autónomo puede renunciar a él si lo considera conveniente, pero ello supone renunciar también al régimen de módulos del IRPF y al régimen especial del IVA en agricultura, ganadería y pesca.

El régimen simplificado se calcula aplicando los módulos contemplados en la orden, que dicen cuál es el IVA devengado por las ventas, al cual podrá restársele todo el IVA soportado por operaciones corrientes, sin inversiones, más el 1% del IVA devengado como gastos de difícil justificación.

El régimen simplificado de IVA se presenta de manera integrada en el modelo 303 desde hace tres años. Antes se presentaba en los mismos plazos que el régimen general del IVA, aunque para ello se utilizaba el modelo 310.

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