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Aplazamiento del IVA y otros impuestos para pymes: normativa y pasos

Harald Meyer-Delius

La Agencia Tributaria actualmente ofrece facilidades para pymes y autónomos con dificultades de liquidez. Es posible pedir el aplazamiento de impuestos, de manera que se fracciona el pago y se vuelve más fácil de asumir. 

El IVA trimestral es uno de los tributos aplazables con la AEAT en España. ¿Cómo funciona y cuáles son los requisitos? Te lo contamos a continuación.

¿En qué consiste el aplazamiento de impuestos para Pymes y autónomos?

El aplazamiento de impuestos consiste en posponer el pago de las deudas, con cobros mensuales el día 5 o 20 de cada mes. Para ello, se debe solicitar el fraccionamiento de deuda en la web de Hacienda o una sede presencial. 

La Agencia Tributaria evalúa la solicitud y decide si concede o no el aplazamiento, pudiendo solicitar garantías adicionales si la deuda es elevada.

¿Qué tipos de impuestos son aplazables?

Se pueden aplazar el IVA, el IRPF, el Impuesto de Sociedades (modelo 200) y otros impuestos o tasas. Sin embargo, si hay una deuda con embargos iniciados o por sanciones tributarias, en ese caso puede ser más difícil obtener el aplazamiento. Cualquiera de los modelos de impuestos que hayas presentado y debas abonar, puedes plantearte pedir un fraccionamiento de la deuda.

¿Qué normativas y leyes rigen el aplazamiento del IVA y otros impuestos? 

La normativa que regula el aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias se encuentra en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. 

Además, es importante tener en cuenta las siguientes novedades introducidas en 2023. Desde el 15 de abril de 2023, las pymes y autónomos pueden aplazar deudas de hasta 50.000 euros sin necesidad de presentar avales ni garantías. Los plazos máximos de aplazamiento se han ampliado, pudiendo llegar hasta 36 meses en algunos casos.

Ventajas y consideraciones de aplazar impuestos

Hay que tener presente que el fraccionamiento de deuda puede ser una herramienta financiera útil, como obtener un crédito a plazos, pero puede tener desventajas. 

Es importante valorar los intereses de demora, y también tus limitaciones futuras si acumulas varios aplazamientos. Hacienda puede valorar tu caso y aprobar el fraccionamiento de pago, pero debes hacer planificación financiera de tu negocio para valorar tu rentabilidad y sostenibilidad en el tiempo.

¿Cómo es el proceso de aplazamiento del IVA para Pymes y autónomos?

Las pequeñas y medianas empresas que quieran solicitar un aplazamiento deben acudir a su sede electrónica de Hacienda e ir al apartado de “Pagar, aplazar y consultar deudas.” una de las opciones que aparecen es “Solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas”.

Es necesario acceder con la cl@ve móvil o bien con un DNI o certificado electrónico. Una vez dentro, se pueden seleccionar las deudas que se quieren aplazar, y se debe definir un plazo. Automáticamente, aparecerá una fecha inicial de pago y un plan de cobros mensual de la deuda seleccionada. En unos días Hacienda responderá con una notificación si ha aceptado o denegado la solicitud.

¿Qué requisitos se necesitan para hacer el fraccionamiento de IVA?

En general, se debe tener una deuda tributaria, presentar la solicitud en plazo, y no tener otras deudas en situación de fraccionamiento. Además, también es preferible no estar incluido en ninguna lista de deudores, pues la falta de solvencia y la morosidad puede impedir la aprobación del fraccionamiento de deuda.

¿Cuáles son los plazos de aplazamiento?

El plazo depende del tamaño de la deuda pendiente. Ten en cuenta estos plazos al realizar tu trámite:

  • Para deudas hasta 30.000 euros, hasta 12 meses sin garantías.
  • Para deudas entre 30.001€ y 50.000€, personas físicas hasta 24 meses sin garantías y personas jurídicas hasta 12 meses sin garantías.
  • Deudas superiores a 50.000€, el plazo dependerá de la evaluación de la Agencia Tributaria y las garantías aportadas.

Pasos para solicitar el aplazamiento del IVA siendo una Pyme o autónomo

Si debes menos de 30.000 euros, no necesitas aportar garantías ni justificar las cuotas impagadas. Puedes solicitar el aplazamiento directamente en el modelo 303.

En caso de deudas de más de 30.000 y menos de 50.000 euros, tampoco hacen falta garantías, pero debes presentar una solicitud adicional a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y justificar tu situación económico-financiera, demostrando dificultades temporales para afrontar el pago.

Para empresas con deudas superiores a 50.000 euros se requiere garantía, como un aval bancario o una hipoteca. Además, deberás justificar tu situación económico-financiera y la imposibilidad de obtener financiación en el mercado.

En resumen

La ayuda económica de la Agencia Tributaria para pagar de manera gradual la deuda de impuestos puede ser un alivio, especialmente para pequeñas y medianas empresas, así como trabajadores por cuenta propia. 

Sin embargo, es importante conocer los requisitos y usar este mecanismo de manera estratégica y puntual, para evitar problemas financieros a medio y largo plazo.

Preguntas frecuentes

¿Existen impuestos inaplazables?

Sí, aunque la mayoría de los impuestos son aplazables, existen algunas excepciones. Por ejemplo, las deudas que se han adquirido por alguna sanción tributaria. También es más difícil acceder a un fraccionamiento si se cuenta con mora en algún otro pago a Hacienda o a cualquier otra entidad.

¿Qué ocurre si demora o no se paga el pago aplazado?

La Agencia Tributaria cancelará la concesión del fraccionamiento, de manera que la deuda continuará avanzando en su estado, hasta el posible embargo si no se liquida. Además, si presentaste garantías para obtener el aplazamiento, la Agencia Tributaria podrá ejecutarlas para cobrar la deuda pendiente.

¿Cómo gestionar los intereses por demora en un aplazamiento?

Los intereses de demora son un coste adicional que debes asumir al aplazar el pago de tus impuestos. Es importante conocerlos y llevar un buen control financiero, para evitar sorpresas en los costes que asume tu empresa con la financiación de la deuda.

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