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Domicilio social y fiscal, ¿cuál es la diferencia?

Aprende a elegirlos adecuadamente y descubre su importancia en las obligaciones legales y fiscales de tu negocio.

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Antes de crear una empresa debemos ser conscientes de cuáles son las diferencias entre el domicilio social y fiscal. Y es que en las sociedades mercantiles ambos domicilios tienen implicaciones diferentes. Podrán coincidir o no dependiendo de las circunstancias del negocio o de los intereses de la empresa. A continuación vamos a tratar de aclarar ambos conceptos y determinar las diferencias entre el domicilio social y fiscal.

¿Qué es el domicilio social?

El domicilio social es algo exclusivo de las empresas, los autónomos no tienen por qué tenerlo. Así que si eres autónomo puedes ir directamente al siguiente apartado o seguir leyendo por si algún día decides pasar a tener tu propia empresa.

A la hora de crear la empresa será necesario fijar el domicilio social en la escritura pública que se entrega al notario. Así, una vez que se inscriba en el Registro Mercantil, cualquier persona que quiera podrá localizar a la empresa. En la mayoría de los casos, el domicilio social es donde se administra y se dirige la empresa y no tiene por qué coincidir con el de la tienda o establecimiento comercial, si lo tuviera.

La Ley de Sociedades define el domicilio social como: “el lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación”.

Es muy importante elegir bien el domicilio social, ya que este solo se podrá cambiar mediante escritura pública que después tendremos que enviar al Registro Mercantil y a la Agencia Tributaria.

¿Qué es el domicilio fiscal?

La Agencia Tributaria define el domicilio fiscal como: “el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria y el que determina la adscripción a una oficina tributaria determinada”.

La dirección fiscal será el lugar para recibir las notificaciones por parte de la Administración.

En otras palabras, la dirección fiscal es el lugar donde legalmente se encuentra establecida una persona física o jurídica y desde el que hace frente a sus obligaciones y derechos fiscales.

A la hora de darnos de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, a través del modelo 036, elegiremos nuestro domicilio fiscal. Y podremos modificarlo en cualquier momento a través del mismo procedimiento.

  • En el caso de personas físicas que no desarrollen actividad por cuenta propia, el domicilio fiscal es su residencia habitual.
  • El domicilio fiscal del autónomo es el de su vivienda habitual. Aunque se puede considerar como domicilio fiscal el lugar donde esté centralizada la gestión administrativa y la dirección de las actividades desarrolladas.
  • El domicilio fiscal de las empresas es aquel donde se lleva a cabo la dirección y gestión de la actividad económica. Normalmente coincide con el domicilio social.

¿Cuál es la diferencia entre el domicilio fiscal y el social?

La diferencia entre domicilio fiscal y domicilio social solo afecta a las sociedades mercantiles y son muy sutiles. Y es que en la mayoría de las empresas ambos domicilios coinciden.
La definición de ambos las encontramos en leyes distintas: la Ley de Sociedades de Capital define el domicilio social y la Ley General Tributaria el domicilio fiscal.

Mientras que el domicilio social es el lugar donde se desarrolla la actividad de la empresa, el domicilio fiscal será donde se reciben las notificaciones de la Agencia Tributaria.
Pero la diferencia más notable es que el domicilio social es de conocimiento público, mientras que la dirección fiscal pertenece al ámbito privado.

En cualquier caso, ambos domicilios deben comunicarse a la Agencia Tributaria para solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF). También se notifican a la Seguridad Social en el momento de contratar trabajadores.

Ejemplo de domicilio social y fiscal

Pongamos que tenemos una empresa de producción de vinos con una oficina donde se lleva a cabo toda la administración de la empresa y un establecimiento donde se venden los productos que nosotros mismos elaboramos.

En este caso, el domicilio social deberá ser la oficina. Y podrá coincidir con el domicilio fiscal o no, ya que podríamos establecer el domicilio fiscal en la vivienda personal del administrador.

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