El traspaso de negocios es una de las opciones que tenemos para poner en marcha un negocio sin necesidad de empezar desde cero. Cuando se produce un traspaso, adquirimos un negocio que ya está en funcionamiento. Sabemos que tenemos que firmar un contrato de cesión. Pero, ¿existen más requisitos?, ¿qué impuestos nos afectan?, ¿cuáles son exactamente los trámites para el traspaso de negocios? En este artículo te lo explicamos.
Trámites para el traspaso de negocios
Un traspaso consiste, básicamente, en la cesión de la actividad económica.
La situación sería la siguiente: una persona tiene un local en alquiler para el desarrollo de una actividad económica (bar, peluquería, restaurante, comercio, etc.) o profesional (despacho, agencia, consultas, etc.). Y decide ceder su contrato de arrendamiento a un tercero. Los motivos son variados, pero los más comunes suelen ser la falta de tiempo, de beneficios, jubilación o enfermedad. Así, cederá su actividad a una tercera persona que podrá pagar una cantidad inicial más una mensualidad o simplemente una mensualidad.
Es decir, se firma un contrato de cesión entre el antiguo dueño y el nuevo donde se incluyen los activos, maquinaria, mobiliario, inmueble y todo aquello que contenga el local que sea necesario para la actividad económica. En el precio también hay que contar con la infraestructura, el stock y la clientela. Además, si es necesario una licencia, esta también se puede incluir.
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Cesión de contratos de arrendamiento
Es importante saber que el traspaso de negocios puede realizarse sin necesidad de contar con el consentimiento del propietario del local.
Así lo dice la legislación donde se regula el traspaso de negocios, Artículo 32 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos.
Cuando en la finca arrendada se ejerza una actividad empresarial o profesional, el arrendatario podrá subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador”.
Sin embargo, es nuestra obligación notificar el traspaso al propietario en el plazo de un mes desde que este se concertó porque el propietario podrá pedir en cualquier momento un aumento de la renta del 20%.
El arrendador tiene derecho a una elevación del 10 por 100 de la renta en vigor en el caso de producirse un subarriendo parcial, y del 20% en el caso de producirse la cesión del contrato o el subarriendo total de la finca arrendada”.
Licencia de apertura
Después de firmar el contrato de cesión de la actividad con el antiguo dueño, el siguiente paso es acudir al Ayuntamiento para solicitar el cambio de titularidad de la licencia de apertura del local.
Los documentos que tendrás que aportar varían en función de la Comunidad Autónoma. Los más comunes son:
- DNI y fotocopia del DNI del nuevo titular.
- Si el nuevo titular es una sociedad, fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de quien firma.
- Fotocopia de la anterior licencia concedida.
- Fotocopia del DNI del antiguo dueño o de los poderes si es una sociedad.
- Si el antiguo dueño hubiera fallecido, la escritura de partición de la herencia. Y si no hay testamento, declaración notarial o judicial de los herederos o la renuncia de estos a favor del nuevo titular.
Darse de alta como autónomo
Además, es evidente que tendrás que darte de alta como autónomo.
Si no sabes cómo hacerlo, te recomendamos que leas el siguiente artículo: “Cómo darse de alta como autónomo“.
Impuestos para el traspaso de negocios
¿Hay que pagar IVA o ITP?
No. El traspaso de negocios no está sometido al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y tampoco al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Pero vamos a concretar.
Siempre que se transfiera el negocio en su totalidad y que la persona vaya a continuar con la actividad, el antiguo dueño emitirá una factura sin IVA.
Pero si los activos del negocio se venden por separado, entonces sí que estarán sujetos a IVA. Y si son vehículos, tributarán por ITP.
Además, si existen bienes inmuebles en el traspaso, estos sí que quedarán gravados por ITP.
Ahora bien, no ocurre lo mismo con el propietario del local en el caso de que reciba una parte del traspaso de negocios. En este caso el propietario emitirá una factura con el 21% de IVA al inquilino que deja el local y deberá incluir también la retención correspondiente.
¿Y el IRPF?
Dado que el traspaso implica un aumento en el patrimonio de aquel que cede el negocio, deberá declarar el importe en la declaración anual de la renta. Esta ganancia se calcula del siguiente modo:
Ganancia = Importe del traspaso – Valor neto de los bienes y derechos que se han entregado
En el caso de que el propietario del inmueble recibiera alguna ganancia por el traspaso, tendrá que incluirlo como rendimiento del capital inmobiliario, aplicando la reducción del 40% por rendimiento obtenido de forma irregular en el tiempo.
Hasta aquí todo lo que tiene que ver con los trámites para traspasar un negocio. Pero recuerda que es muy importante la valoración del traspaso. Por mucha viabilidad que te vendan, no es recomendable aceptar un precio sin haber hecho antes un buen análisis de investigación sobre la capacidad del futuro negocio para generar beneficios.