¿Te asalta el pánico al finalizar el ejercicio? Descubre, paso a paso y con un ejemplo real, cómo realizar el asiento de cierre contable sin complicaciones y dejando tus cuentas listas para el nuevo año.
Llega el final del ejercicio y, con él, una de las tareas contables más importantes y, a menudo, temidas por autónomos y empresas: el asiento de cierre.
Este proceso es crucial para determinar el resultado del año (beneficio o pérdida) y dejar a cero las cuentas de gastos e ingresos, preparando los libros para un nuevo ciclo. Sin embargo, la complejidad técnica y el miedo a cometer errores pueden convertirlo en un verdadero quebradero de cabeza.
En este artículo te explicamos de forma clara y práctica qué es exactamente el asiento de cierre y, lo más importante, cómo ejecutarlo correctamente a través de un caso práctico paso a paso, para que puedas visualizar el proceso completo y aplicarlo en tu negocio con confianza y sencillez. Al finalizar, el cierre contable dejará de ser un obstáculo para faciltar la contabilidad de tu empresa.
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El ejercicio contable es el marco temporal en el que se lleva a cabo la actividad económica de la empresa, es decir registra todas sus operaciones económicas para determinar su situación financiera y su cuenta de resultados. Tiene un principio y un fin, de forma que acaba uno e, inmediatamente después, empieza el siguiente.
Es necesario establecer períodos «estancos» porque, de lo contrario, no se podrían elaborar las cuentas anuales de forma independiente.
Así, el ejercicio contable 2025 abarca todas las operaciones realizadas durante ese año, termina el 31 de diciembre y el 1 de enero siguiente comienza el ejercicio 2026.
Los estados financieros de 2025 mostrarán la situación de la empresa al último día del año y los beneficios o las pérdidas que se han obtenido durante ese período de tiempo. Y lo mismo en 2026, 2027, 2028, etc.
El ejercicio contable dura 12 meses, si bien será inferior en los casos de constitución de la sociedad, disolución o modificación de la fecha de cierre.
La modificación de la fecha de cierre –que debe cumplir una serie de requisitos– hace referencia al hecho de que la entidad decida cambiar las fechas de inicio y finalización del ejercicio. Por ejemplo: una empresa agrícola cuyo ciclo contable se iniciaba el 1 de enero y terminaba el 31 de diciembre decide, para adaptarse a su ritmo de producción, que la fecha de cierre pasará a ser el 30 de septiembre y la apertura, por tanto, el 1 de octubre.
El año que se produzca el cambio, el ejercicio durará 9 meses –de enero a septiembre– pero los sucesivos volverán a ser de 12.
No. El ejercicio contable no tiene que coincidir con el año natural –de 1 de enero a 31 de diciembre– pero sí que es lo más habitual.
Hay entidades que optan por otras fechas diferentes porque resulta más práctico por la naturaleza de la actividad que desarrollan. Por ejemplo: un colegio para hacer coincidir su ejercicio con la duración del curso escolar, una cooperativa de aceite para adaptarse al año agrícola, etc.
Sin embargo, lo más frecuente –con diferencia– es que el ejercicio contable coincida con el año natural. Por eso, en este artículo, nos referiremos al 31 de diciembre o al último día del año como sinónimo de fecha de cierre.
Ambos conceptos vienen a significar lo mismo –una acotación temporal– y se utiliza uno u otro en función del contexto: el término ejercicio contable pertenece al campo de la contabilidad y ejercicio fiscal al área de los impuestos.
Por lo demás, son sinónimos.
El asiento de cierre contable es un apunte contable obligatorio que se realiza al finalizar el ejercicio económico con el objetivo de determinar el resultado del período (beneficio o pérdida) y trasladarlo a una cuenta patrimonial, dejando a cero las cuentas de ingresos y gastos de la empresa, preparando así los libros contables para el nuevo ejercicio.
La fecha en la que se realiza el asiento de cierre es la del último día del ejercicio contable –normalmente 31 de diciembre–. No obstante, esta fecha puede variar si el ejercicio económico de la empresa no coincide con el año natural. Se registra en el Libro Diario y marca el final de la contabilidad de ese año.
Si, es obligatorio registrar contablemente el asiento de cierre en la contabilidad al finalizar cada ejercicio económico. Su obligatoriedad se basa en los siguientes puntos:
El asiento de cierre es el último apunte del ejercicio y con él se saldan todas las cuentas patrimoniales de la empresa.
Su función principal es "cerrar" las cuentas de resultados (cuentas de los grupos 6 y 7 del PGC) traspasando sus saldos a la cuenta de "Pérdidas y Ganancias" (cuenta 129). En esencia, es la operación que "hace balance" del año, calculando el resultado final y permitiendo empezar de nuevo en enero.
Esas mismas cantidades serán las que formen el asiento de apertura del ejercicio siguiente para abrir de nuevo la contabilidad y poder arrastrar las cuantías de un año a otro.
Imagina una empresa que a 31 de diciembre de 2022 tiene, entre otros elementos, 8.000 euros en el banco. Pues bien, tras el asiento de cierre el saldo de la cuenta contable 572 Bancos será 0.
Y en el 2023, con el asiento de apertura, se abrirá dicha cuenta 572 Bancos con ese mismo importe para que refleje la realidad: que a 1 de enero hay en el banco 8.000 euros.
En el asiento de cierre:
Por tanto, la estructura del asiento de cierre es la siguiente:
Algunas aclaraciones:
Los pasos concretos que debes seguir para hacer un asiento de cierre correcto son:
Este paso es el que "cierra" definitivamente la cuenta 129, dejándola a cero.
Con todas las cuentas de ingresos y gastos a cero y el resultado imputado al patrimonio neto, debes realizar:
Esto que parece muy trabajoso en realidad resulta muy sencillo con los programas de contabilidad para autónomos: todos hacen el asiento de cierre de forma automática con solo pulsar una tecla. Y si te equivocas o tienes que corregir algún apunte tampoco es un problema, porque se puede borrar y volver a hacerlo de nuevo tantas veces como sea necesario.
Como hemos visto, el asiento de cierre es un apunte contable específico. Por contra, las operaciones de cierre del ejercicio son aquellas que se llevan a cabo para que la contabilidad refleje la verdadera situación patrimonial de la empresa.
El proceso a seguir para terminar la contabilidad de un ejercicio es más o menos el siguiente:
No es el tema de este artículo y por eso no ahondaremos en él pero, para que te hagas una idea, algunas de las operaciones de cierre son: regularización de existencias, reclasificación de deudas, periodificación de ingresos y gastos, amortización del inmovilizado, ajustes de moneda extranjera, etc. Y como una más de estas operaciones están los asientos de regularización y cierre.
A continuación, haremos un ejemplo de asiento de cierre suponiendo que la contabilidad de la empresa arroja los siguientes saldos el último día del ejercicio:
Como ves, hemos cargado –anotado en el debe– todas las cuentas acreedoras y abonado –anotado en el haber– todas las cuentas deudoras. De esta forma todas han quedado con saldo cero y la contabilidad, por tanto, está cerrada.
El día 1 de enero se hará el asiento de apertura que tendrá las mismas cuentas e importes que este pero justo en el sitio contrario.
Asiento de apertura –1 de enero del año 2–:
Y así en la contabilidad del año 2 se partirá con los mismos saldos que tenían las cuentas el 31 de diciembre anterior.