“¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?” debe ser la pregunta que los trabajadores se hacen con más frecuencia en esta época del año… Te ayudamos a responderla.
Esta es la época del año en la que muchos empiezan a soñar con el parón veraniego de trabajo para correr a la playa más cercana (o a la más lejana). Pero, claro, antes de empezar a fantasear con lugares paradisíacos, seguro que te vas a realizar la siguiente pregunta: ¿cuántos días de vacaciones me tocan?
En este artículo queremos que tengas todas las herramientas necesarias para responder a esa misma cuestión… Para que la respondas tú o para que la responda el responsable de gestión de recursos humanos de tu empresa, claro. Pero, para ello, no solo atajaremos la pregunta directamente, sino que también te explicaremos cuándo y cómo disfrutar esos días de vacaciones, además de cómo calcularlos.
Y, como con esto no se bromea, no vamos a dar más vueltas y vamos a preguntar directamente en voz alta: ¿cuántos días de vacaciones me corresponden?
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Partamos de un hecho básico: absolutamente todos los trabajadores tienen derecho a vacaciones. Y esto no es un derecho moral, sino que es fundamentalmente un derecho legal, ya que las vacaciones están definidas por ley como ese período de descanso en el que un trabajador seguirá cobrando su sueldo por mucho que no esté prestando los servicios por los que ha sido contratado.
Si dudas de cuántos días de vacaciones te corresponden, no tienes más que ir a la mejor fuente de información: la ley. Esta estipula que la cantidad mínima de vacaciones al año será de 30 días, a no ser que exista alguna especie de convenio colectivo que mejore estas condiciones. Dicho de otra forma: un convenio colectivo siempre podrá sumar días a nuestras vacaciones, pero nunca podrá restarlos.
Es necesario aclarar, sin embargo, que estas 30 jornadas de vacaciones al año serán disfrutables para todos aquellos empleados que trabajen un año natural. Si un trabajador ha estado menos en la empresa, tendrá derecho a un período proporcional que se debe calcular teniendo en cuenta que lo normal es obtener 2.5 días de vacaciones por cada mes trabajado.
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Empieza gratis¿Cuándo y cómo disfrutarlos?
Una vez ya conoces cuántos días de vacaciones te corresponden, toca resolver cuándo y cómo podrás disfrutarlas.
Ni el empleado ni el empleador pueden decidir por sí solos cuándo ha de disfrutar el empleado sus vacaciones. Esta decisión han de tomarla de forma conjunta, partiendo de una negociación imprescindible que siempre ha de tener en cuenta que las vacaciones se hacen en el año en curso. A no ser que algún convenio (o un acuerdo laboral concreto) determine lo contrario.
Los convenios, de hecho, pueden marcar todo un conjunto de reglas que afecten a cómo y cuándo coger vacaciones. Hay convenios que obligan a coger como mínimo una semana de vacaciones, otros establecen que han de disfrutarse en un período concreto (normalmente, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre)…. Así que, ya ves, es importante no solo saber cuántos días de vacaciones te corresponden, sino también enterarte si estás tendrán que disfrutarse según las posibles normas que puede haber dentro de una empresa.
Las posibilidades son infinitas. Pero, sea como sea, lo más adecuado siempre será que el empleado comunique por escrito al empleador cuándo cogerá sus vacaciones. Este escrito es una prueba de que el trabajador se encuentra de vacaciones y, que por lo tanto, no ha abandonado su puesto de forma injustificada.
¿Cómo calcularlos?
Muy bien. Hemos llegado a este punto del artículo y tú sigues preguntándote: pero, en serio, ¿cuántos días de vacaciones me corresponden? Y, de hecho, ya te hemos dado la clave para que hagas el cálculo tú mismo: te corresponden 2.5 días de vacaciones por cada mes que hayas trabajado.
Si tu contrato tiene una duración de menos de un año, esta regla seguirá aplicando. Así, por ejemplo, si tu contrato es semestral, dentro de ese período te corresponden 15 días de vacaciones (es decir: 2.5 días x 6 meses = 15 días de vacaciones). En este tipo de contratos inferiores a un año, sin embargo, también existe la posibilidad de que esas vacaciones no sean disfrutadas por el trabajador, sino remuneradas al final de su período laboral.
¿Ya has calculado cuántos días de vacaciones te corresponden? Y, lo más importante: ¿ya sabes dónde te vas a ir a disfrutar de esos días de ensueño?